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La Fiscalía acusa a dos menores por el acoso escolar a Sandra Peña

Dos de las tres menores investigadas por el caso de Sandra Peña afrontan una acusación de Fiscalía por integridad moral y lesiones psíquicas.

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el acoso a Sandra Peña

Resumen

  • Fiscalía acusa a dos menores por el presunto acoso a Sandra Peña
  • Ve indicios de delitos contra la integridad moral y lesiones psíquicas
  • La tercera menor investigada queda fuera del escrito de acusación

La Fiscalía de Menores de Sevilla ha acusado a dos de las tres menores investigadas por el presunto acoso escolar sufrido por Sandra Peña, la alumna de 14 años del colegio Irlandesas Loreto de Sevilla que murió por suicidio el 14 de octubre de 2025. El Ministerio Público da así por terminada su investigación y aprecia indicios de dos posibles delitos: contra la integridad moral y lesiones psíquicas.

Es el avance judicial más relevante de un caso que, un año después de la muerte de Sandra, mantenía abierta precisamente esta vertiente. La acusación afecta únicamente a dos de las tres compañeras investigadas. La tercera queda fuera del escrito presentado por la Fiscalía. Una precisión necesaria: que exista acusación significa que el Ministerio Público considera que hay indicios suficientes para continuar el procedimiento, no que exista una condena.

La Fiscalía ve indicios de trato degradante y lesiones psíquicas

Las conclusiones provisionales sitúan el foco en el trato que Sandra habría recibido de dos de sus compañeras y en las consecuencias que esos comportamientos pudieron tener sobre su salud mental. La Fiscalía considera que los hechos investigados podrían encajar en delitos contra la integridad moral y de lesiones psíquicas, dos figuras que llevan el caso más allá de una discusión genérica sobre malas relaciones entre alumnas.

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La investigación arrancó después de la muerte de Sandra y avanzó por distintas vías. Las tres menores señaladas inicialmente comparecieron ante la Fiscalía de Menores en noviembre de 2025. También declararon los padres de Sandra y docentes del centro, mientras la Policía Nacional analizó testimonios, documentación, el teléfono de la adolescente y su actividad en redes sociales.

Ese trabajo ha desembocado, casi exactamente un año después, en un escrito de acusación contra dos menores. No es un detalle menor. Durante meses, el caso había quedado repartido entre diligencias policiales, actuaciones de Fiscalía, procedimientos relacionados con el colegio y expedientes administrativos; esta pieza concreta entra ahora en una fase mucho más definida.

La tercera menor investigada queda fuera de la acusación

Desde el inicio habían sido tres compañeras las investigadas por su posible participación en el acoso escolar. Sin embargo, el escrito de Fiscalía se dirige finalmente contra dos. Con la información conocida, no se ha detallado públicamente la razón concreta por la que la tercera menor no figura en la acusación.

Esa diferencia tiene importancia jurídica. En asuntos de menores, y más aún en un caso sometido a una exposición pública enorme, la responsabilidad debe analizarse de forma individual: qué hizo cada persona, durante cuánto tiempo, con qué intensidad y qué consecuencias pueden vincularse a esas conductas. El ruido social puede ser colectivo; la responsabilidad penal, no.

El caso contra el colegio siguió un camino distinto

La investigación sobre las compañeras de Sandra no debe confundirse con la causa abierta contra el colegio Irlandesas Loreto y varios de sus responsables. La familia sostuvo que el centro había reaccionado tarde y de forma insuficiente pese a conocer la situación de acoso y presentó una querella por posibles delitos de homicidio imprudente, lesiones psíquicas y trato degradante.

Esa vía penal fue archivada. En septiembre de 2026, la Audiencia de Sevilla confirmó el sobreseimiento al considerar que no podía establecerse la relación causal necesaria para atribuir penalmente al centro o a sus responsables la muerte de la adolescente. Sin embargo, el tribunal fue muy crítico con la respuesta ofrecida por el colegio y la consideró deficitaria e insuficiente ante las señales existentes.

La diferencia importa. El archivo penal no equivale a considerar correcta la actuación del centro, sino a determinar que los hechos examinados no permiten atribuir los delitos concretos planteados con las exigencias propias del Derecho penal. La eventual responsabilidad educativa o administrativa se mueve en otro terreno.

Los protocolos antiacoso quedaron en el centro del caso

La Consejería de Educación constató que el colegio había adoptado algunas medidas, entre ellas separar a Sandra de las alumnas señaladas, pero no había formalizado la activación del protocolo de acoso escolar ni el de prevención de conductas autolíticas. La Junta abrió un expediente sancionador y llegó a advertir de las posibles consecuencias para el concierto educativo si se apreciaba una infracción de especial gravedad.

La Audiencia recordó después que el centro había recibido distintas señales antes de la muerte de Sandra: episodios comunicados durante el curso anterior, avisos de compañeras, contactos con la familia y un informe psicológico entregado al comenzar el nuevo curso. Pese a ello, el protocolo formal no llegó a activarse.

Ahí quedó una de las grietas más incómodas del caso. Puede no apreciarse responsabilidad penal y, al mismo tiempo, existir una respuesta institucional claramente insuficiente. Ambas realidades pueden convivir. El Derecho penal exige una conexión especialmente estricta entre una conducta y su resultado; la valoración de cómo respondió un colegio ante señales de acoso tiene un alcance más amplio.

Un año después, la investigación cambia de escenario

Sandra Peña murió el 14 de octubre de 2025, con 14 años. Su caso provocó concentraciones estudiantiles, movilizaciones contra el bullying y una discusión nacional sobre qué ocurre cuando las señales de acoso llegan al sistema educativo pero la maquinaria prevista para reaccionar no se activa plenamente.

La familia ha mantenido durante estos meses su petición de responsabilidades y ha reclamado una respuesta ante los fallos detectados. La vía penal contra el centro quedó cerrada, mientras el procedimiento relativo a las compañeras siguió un recorrido independiente hasta desembocar en esta acusación.

Conviene mantener esa separación para entender bien el caso. La acusación contra dos menores no reabre la causa penal contra el colegio, del mismo modo que el archivo respecto al centro no elimina las actuaciones relacionadas con el presunto acoso ejercido por alumnas. Son procedimientos distintos nacidos de unos mismos hechos.

Una acusación concreta tras un año de investigación

El escrito de la Fiscalía delimita por primera vez de forma concreta a quién atribuye posibles responsabilidades por el presunto acoso sufrido por Sandra y bajo qué tipos delictivos. Será el procedimiento de menores el que determine si los hechos pueden considerarse probados y qué responsabilidad corresponde, en su caso, a cada una de las acusadas.

Hasta entonces pesan dos cautelas esenciales. Las jóvenes son menores de edad y no han sido condenadas, por lo que su identidad debe permanecer protegida. Y un caso con semejante impacto social no puede sustituir el proceso judicial por un juicio paralelo: corresponde a la Justicia establecer los hechos y las responsabilidades con todas las garantías.

Lo que sí queda delimitado es el nuevo escenario. Un año después de la muerte de Sandra, la investigación deja de referirse de manera genérica a tres menores y pasa a sostener una acusación concreta contra dos de ellas por posibles delitos contra la integridad moral y lesiones psíquicas. El caso entra así en su tramo judicial más definido.

En España, las personas con pensamientos o riesgo de conducta suicida y sus familiares pueden contactar gratuitamente con la Línea 024, disponible las 24 horas; ante una emergencia inmediata, el teléfono es el 112. Para menores, ANAR mantiene el 900 20 20 10, mientras el servicio de atención frente al acoso escolar está disponible en el 900 018 018.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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