España
El Senado del 29N se juega el TC, el artículo 155 y el veto de leyes
El resultado del Senado el 29N puede alterar el equilibrio del Constitucional, condicionar un eventual 155 y complicar la aprobación de leyes.
Resumen
- El 29N decidirá una mayoría del Senado con efectos más allá de las leyes
- Cuatro magistrados del TC dependen de una renovación pendiente desde 2025
- El 155 exige mayoría absoluta; los vetos legislativos no son definitivos
El Senado se ha convertido en una de las grandes batallas de las elecciones generales del 29 de noviembre. No por una cuestión ornamental ni por esa vieja etiqueta de Cámara de segunda lectura que suele relegarlo al fondo de la fotografía. Lo que salga de las urnas puede condicionar la renovación de cuatro magistrados del Tribunal Constitucional, la autorización de una eventual aplicación del artículo 155 y la capacidad de retrasar o modificar la legislación aprobada por el Congreso.
Por eso PSOE y las fuerzas integradas en el Frente Amplio han construido Senado de Progreso, una candidatura conjunta para concentrar el voto en buena parte del país, mientras PP y Vox negocian su propia fórmula antes de que termine el plazo de presentación de candidaturas, el 26 de octubre. Vox no descarta retirarse en determinadas provincias donde dividir el voto de la derecha pueda beneficiar al bloque contrario. Feijóo, por su parte, ha confirmado que existen conversaciones. La pelea, esta vez, va bastante más allá de contar escaños.
Cuatro magistrados del Constitucional dependen del nuevo Senado
Quizá sea el asunto con consecuencias más duraderas. La Constitución establece que el Tribunal Constitucional está integrado por doce magistrados: cuatro son elegidos a propuesta del Congreso, otros cuatro corresponden al Senado, dos al Gobierno y otros dos al Consejo General del Poder Judicial. Para los nombramientos de la Cámara Alta hace falta una mayoría de tres quintos.
No se trata, además, de una renovación hipotética situada en un futuro lejano. Los mandatos de los cuatro magistrados correspondientes al Senado expiraron el 17 de diciembre de 2025. Entre ellos figura Cándido Conde-Pumpido, presidente del Constitucional, junto con Ricardo Enríquez, María Luisa Balaguer y José María Macías. La renovación quedó pendiente durante la legislatura recién terminada.
Eso convierte los tres quintos en una frontera política especialmente codiciada. Una mayoría absoluta permite controlar con enorme comodidad la Cámara; una mayoría de tres quintos abre otra puerta, bastante más pesada: elegir sin necesidad de pactar con el bloque contrario los cuatro magistrados correspondientes al Senado.
Hay un matiz importante. El Senado no escoge libremente cualquier nombre en primera instancia: las asambleas legislativas de las comunidades autónomas presentan candidatos y la Cámara Alta realiza posteriormente la elección. Tampoco decide directamente quién preside el Constitucional, cargo elegido por el propio tribunal. Pero cuatro cambios simultáneos sobre un pleno de doce magistrados pueden alterar de manera profunda sus equilibrios. Y durante nueve años, que es el mandato constitucional de sus miembros.
Una mayoría que también pesa sobre la Constitución
Los tres quintos tienen otra dimensión. El procedimiento ordinario de reforma constitucional exige, como regla general, tres quintos del Congreso y tres quintos del Senado. Si ambas Cámaras discrepan, entra en juego una comisión paritaria y existen mecanismos posteriores, pero el Senado conserva un peso difícil de esquivar.
No significa que quien logre tres quintos en la Cámara Alta pueda reformar por sí solo la Constitución. Ni mucho menos. Harían falta las mayorías correspondientes en el Congreso y, según qué parte de la Carta Magna se quisiera tocar, incluso mayorías de dos tercios, disolución de las Cortes y referéndum. Pero una mayoría cualificada en el Senado deja de ser una cifra decorativa. Es poder institucional del bueno.
El artículo 155 vuelve a colocar al Senado en el centro
El segundo gran resorte es el artículo 155 de la Constitución, la herramienta extraordinaria que permite al Gobierno adoptar medidas frente a una comunidad autónoma que incumpla sus obligaciones constitucionales o legales, o que actúe gravemente contra el interés general de España.
El Ejecutivo no puede activarlo a voluntad. Primero debe requerir al presidente de la comunidad autónoma afectada y, si el requerimiento no es atendido, necesita la aprobación por mayoría absoluta del Senado para adoptar las medidas correspondientes. Es decir: en una crisis territorial seria, la composición de la Cámara Alta deja de ser secundaria de golpe.
España ya comprobó qué significa ese mecanismo en octubre de 2017. El Senado autorizó entonces al Gobierno de Mariano Rajoy a aplicar el artículo 155 en Cataluña por 214 votos a favor, 47 en contra y una abstención, después de la escalada institucional vinculada al proceso independentista. Fue la primera aplicación del precepto desde la aprobación de la Constitución.
Conviene subrayar algo que suele perderse en el ruido electoral: poseer la mayoría absoluta del Senado no permite aplicar el 155 por iniciativa propia. El procedimiento parte del Gobierno y exige las condiciones constitucionales previstas. Lo que hace esa mayoría es garantizar —o impedir— la autorización parlamentaria que necesita el Ejecutivo.
El Senado puede vetar leyes, pero no enterrarlas para siempre
Aquí abundan las simplificaciones. Una mayoría en el Senado puede resultar incómoda, muy incómoda incluso, para un Gobierno que controle el Congreso. Puede introducir enmiendas y puede oponer un veto a una ley mediante mayoría absoluta. Pero no dispone de un botón rojo capaz de destruir definitivamente una norma aprobada por la Cámara Baja.
La Constitución concede al Senado un plazo general de dos meses para vetar o enmendar los textos que recibe del Congreso. Si hay veto, el Congreso puede levantarlo inmediatamente mediante mayoría absoluta. Si no dispone de esa mayoría, puede hacerlo una vez transcurridos dos meses mediante mayoría simple. Cuando una iniciativa se tramita por el procedimiento de urgencia, el plazo del Senado se reduce a veinte días.
Así que hablar de “bloqueo de leyes” exige precisión. El Senado puede frenar, retrasar, enmendar y elevar el coste político de la legislación. Puede obligar al Gobierno a volver al Congreso, prolongar la tramitación y convertir cada norma relevante en una pequeña batalla parlamentaria. Lo que no puede hacer, en el procedimiento legislativo ordinario, es imponer indefinidamente su veto frente a una mayoría suficiente del Congreso.
La pasada legislatura dejó una buena muestra del choque entre ambas Cámaras. La mayoría del PP impulsó en 2023 una modificación reglamentaria que afectaba al tratamiento de las proposiciones de ley urgentes. El Tribunal Constitucional declaró en marzo de 2025 inconstitucional y nulo el precepto que permitía a la Mesa del Senado decidir sobre esa urgencia, al considerar que chocaba con el artículo 90 de la Constitución.
Ese episodio explica por qué la batalla de 2026 tiene una carga añadida: no se discute únicamente quién tiene más senadores, sino hasta dónde puede estirarse la capacidad política de la Cámara Alta cuando Congreso y Senado tienen mayorías distintas.
PSOE y Frente Amplio concentran el voto y PP negocia con Vox
El sistema electoral del Senado invita a este tipo de movimientos. En el Congreso se votan listas cerradas. Para el Senado, en cambio, el elector marca candidatos en una papeleta abierta. En las circunscripciones provinciales puede escoger generalmente hasta tres nombres pese a que se reparten cuatro escaños, un sistema de voto limitado que suele favorecer con claridad a la candidatura más apoyada.
De ahí la aritmética. Si dos fuerzas ideológicamente próximas compiten entre sí pueden dispersar apoyos y regalar posiciones al adversario. PSOE y Frente Amplio han decidido reducir esa fragmentación con Senado de Progreso. PP y Vox buscan resolver el mismo problema desde el otro lado, aunque ya no pueden registrar una coalición electoral formal porque ese plazo terminó. Las candidaturas, en cambio, todavía pueden ajustarse hasta el 26 de octubre.
Vox estudia fórmulas que incluyen no presentar candidatos en algunas provincias, evitando restar votos al PP allí donde sus posibilidades de conseguir senador sean escasas. También se ha puesto sobre la mesa el papel de los senadores designados por los parlamentos autonómicos. El acuerdo entre PP y Vox, si finalmente se produce, tendrá que encajar en esos márgenes.
El 29N se elegirán 209 senadores por sufragio directo, a los que posteriormente se sumarán los designados por las comunidades autónomas. El tamaño definitivo del Senado, por tanto, no es una cifra completamente fija: cada autonomía aporta uno y otro adicional por cada millón de habitantes.
La mayoría absoluta y los tres quintos son dos premios distintos
La noche electoral tendrá así dos líneas de meta. La primera será la mayoría absoluta, decisiva para los vetos legislativos y necesaria para autorizar un artículo 155. La segunda, más difícil, serán los tres quintos, el umbral que permite resolver nombramientos como los cuatro magistrados del Constitucional sin alcanzar un acuerdo con la oposición.
Eso explica por qué un resultado aparentemente cómodo puede quedarse corto para determinados objetivos. PP y Vox podrían obtener una mayoría suficiente para controlar la actividad ordinaria del Senado y, sin embargo, necesitar todavía votos ajenos para renovar el Constitucional. Lo mismo ocurriría con el bloque progresista en la situación inversa. Mayoría absoluta y mayoría cualificada son, en la práctica, dos victorias distintas.
Y hay una tercera variable, menos vistosa pero cotidiana: controlar la Mesa, las comisiones, los tiempos parlamentarios, las comparecencias y las iniciativas de control. El Senado puede convertirse en un foco permanente de presión política incluso cuando el Gobierno tiene asegurada su supervivencia en el Congreso. La experiencia de la última legislatura dejó pocas dudas sobre eso.
El 29N también se vota quién controla los contrapesos
Durante años, la papeleta sepia del Senado ha sido para muchos electores la hermana olvidada de las generales. Esta vez cuesta sostener esa indiferencia. La Cámara que salga del 29 de noviembre tendrá delante una renovación pendiente del Tribunal Constitucional, conservará la llave parlamentaria del artículo 155 y podrá ejercer una oposición legislativa intensa si su mayoría no coincide con la del Congreso.
No todo vale lo mismo, ni todo puede hacerse con la misma mayoría. Esa es precisamente la cuestión. Mayoría absoluta para determinadas decisiones; tres quintos para otras; el Congreso con la última palabra en buena parte de la legislación ordinaria. La Constitución reparte las cartas de una manera menos espectacular que los mítines, pero bastante más duradera.
Por eso PP, Vox, PSOE y Frente Amplio miran al Senado con una atención poco habitual. El Congreso decidirá quién puede formar Gobierno. La Cámara Alta decidirá buena parte del terreno institucional sobre el que ese Gobierno tendrá que moverse. El 29N hay dos urnas. Esta vez, políticamente, también hay dos batallas.
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