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La subasta del mismo edificio reabre el caso del piso de Iván Redondo

Un ático del mismo edificio alcanzó 1,51 millones en subasta meses después de la compra de Iván Redondo por 1,12 millones a la Seguridad Social.

Publicado

el

Iván Redondo

Imagen: Portal de Transparencia / CC0.

Resumen

  • Un ático del mismo edificio se adjudicó por 1,51 millones
  • Redondo compró su vivienda a la Seguridad Social por 1,12 millones
  • La comparación reabre el debate sobre la tasación y el procedimiento

Una subasta posterior en el mismo edificio del barrio de Salamanca donde Iván Redondo compró una vivienda a la Seguridad Social ha vuelto a colocar la operación bajo los focos. Un ático de la calle Diego de León salió a subasta por 920.009 euros y terminó adjudicado por 1,51 millones, mientras Redondo y su mujer habían adquirido meses antes otro piso del bloque mediante adjudicación directa por 1.120.921 euros.

La comparación no permite afirmar, sin más, que la vivienda del exjefe de Gabinete de Pedro Sánchez debiera haber costado 1,5 millones, dos millones o cualquier otra cifra. Los pisos tienen superficies, plantas y características distintas. Pero introduce un elemento bastante más incómodo que una estimación de un portal inmobiliario: un precio real pagado en una puja pública, en el mismo inmueble, al mismo propietario y con apenas unos meses de diferencia.

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Un ático salió por 920.009 euros y acabó en 1,51 millones

La Tesorería General de la Seguridad Social anunció el 25 de noviembre de 2025 la subasta de un ático situado en el mismo edificio. La documentación recoge 99,08 metros cuadrados útiles registrales y 109 metros cuadrados catastrales, con un tipo inicial de 920.009 euros. La subasta se celebró posteriormente y el inmueble fue adjudicado por 1.510.000 euros.

La distancia entre ambas cantidades es considerable: la puja elevó el precio final aproximadamente un 64% sobre el importe de salida. Y ahí aparece el principal dato nuevo de la polémica. Una cosa es cuánto considera inicialmente la Administración que debe valer un inmueble para abrir una subasta y otra, bastante distinta, cuánto termina ofreciendo el mercado cuando varios compradores compiten por él.

Ese matiz ha cobrado especial importancia después de que Redondo utilizara públicamente la cifra de 920.009 euros al defender la compra de su vivienda. El importe correspondía al precio inicial de aquella subasta, no al precio definitivo por el que terminó vendiéndose el ático. El remate fue de 1,51 millones.

La vivienda de Redondo se adjudicó directamente por 1,12 millones

La operación de Iván Redondo es anterior. Él y su mujer adquirieron la vivienda de la Tesorería General de la Seguridad Social el 16 de septiembre de 2025 por 1.120.921 euros. La compra no se realizó mediante una subasta abierta, sino por adjudicación directa, después de años como arrendatarios del inmueble.

Las cifras de superficie varían dependiendo de si se emplean metros útiles, construidos, registrales o catastrales, algo bastante habitual en información inmobiliaria y que aconseja no mezclar alegremente calculadoras. Las informaciones publicadas sitúan la vivienda en torno a 128 metros útiles y ofrecen referencias superiores cuando se habla de superficie construida.

De ahí que aplicar sin más al piso de Redondo el precio por metro cuadrado obtenido por el ático resulte tentador, pero metodológicamente discutible. Un ático puede incorporar una prima específica; cuentan la orientación, el estado, la altura, la terraza, la distribución o las reformas. Comparables no significa idénticos.

Lo relevante es otra cosa: la Seguridad Social consiguió 1,51 millones por una vivienda de menor superficie en el mismo edificio mediante competencia entre compradores. Ese dato permite cuestionar el precio de la operación de Redondo, pero no convierte por sí solo la diferencia en una irregularidad.

El precio es el verdadero centro de la controversia

La venta directa tampoco equivale automáticamente a una operación ilegal. La normativa sobre el patrimonio de la Seguridad Social contempla tanto la subasta como determinados supuestos de adjudicación directa, y exige que el expediente de enajenación incorpore una tasación pericial.

Así que el debate serio no consiste simplemente en repetir que el piso no salió a subasta. Consiste en saber cómo se fijaron los 1.120.921 euros, con qué valoración técnica, qué características se ponderaron y hasta qué punto aquella tasación reflejaba el valor razonable del inmueble en septiembre de 2025.

La propia Seguridad Social establece la pública subasta como una de las fórmulas para vender sus inmuebles. La legislación, sin embargo, abre también la puerta a otras vías cuando concurren los supuestos legales correspondientes.

Ahí está la frontera entre una operación ventajosa y una operación irregular. Pagar menos que otro comprador no constituye por sí mismo una ilegalidad. Para dar ese salto harían falta pruebas sobre el expediente, la tasación o el procedimiento, no simplemente comparar dos operaciones inmobiliarias.

De un alquiler público a convertirse en propietario

La historia del inmueble no comenzó con la compraventa. Redondo residió durante años como inquilino en una vivienda propiedad de la Seguridad Social. Las informaciones conocidas sitúan el arrendamiento formal desde 2011 hasta 2025, con una renta que pasó de unos 975 euros mensuales al comienzo a 1.147 euros antes de la venta.

Las comparaciones realizadas con el mercado del barrio de Salamanca estiman que durante buena parte de ese periodo el alquiler estuvo sensiblemente por debajo de las rentas habituales de la zona. Durante los años en los que Redondo dirigió el Gabinete de Pedro Sánchez, entre 2018 y 2021, el inmueble seguía perteneciendo a la Seguridad Social.

Eso añade combustible político, naturalmente. Pocas cosas funcionan mejor en España que juntar en la misma frase vivienda pública, barrio de Salamanca y Moncloa. Pero conviene no confundir el ruido con los hechos: el contrato era anterior a la llegada de Redondo a la Presidencia del Gobierno y la diferencia respecto al mercado se obtiene comparando su renta con precios estimados de la zona.

En 2025 llegó el cambio decisivo: dejó de ser arrendatario y pasó a ser propietario junto a su mujer.

Redondo defiende que pagó el precio que fijó la Administración

Ante la polémica, el antiguo asesor de Sánchez ha defendido públicamente la operación. Sostiene que llevaba muchos años viviendo en la casa, que la Seguridad Social planteó la posibilidad de adquirirla y que él y su mujer tuvieron que hipotecarse para hacerlo. También ha defendido la existencia de valoraciones que respaldarían el importe pagado.

Redondo ha descrito la vivienda como su hogar y no como una mera inversión inmobiliaria. Es comprensible en el terreno personal. Los recuerdos explican el apego; no fijan el precio de una vivienda. Cuando el propietario es una administración pública, lo relevante es cuánto vale el activo, quién determina esa valoración y bajo qué procedimiento se transmite.

Su argumento sobre la subasta posterior también tiene un flanco débil. Presentar los 920.009 euros como referencia favorable omite que aquella cantidad era únicamente el punto de partida. El mercado, cuando se abrió la puerta a las ofertas, llevó el ático hasta 1,51 millones.

Ese es posiblemente el dato más difícil de apartar de la mesa.

Dos operaciones distintas en una misma escalera

También sería excesivo convertir la subasta del ático en una especie de tasación retroactiva automática del piso de Redondo. No funciona así el mercado inmobiliario. Dos viviendas separadas por unas plantas pueden alcanzar precios muy diferentes, incluso dentro del mismo portal.

Pero el caso resulta relevante porque reduce muchas de las variables habituales en una comparación: misma calle, mismo edificio, mismo propietario público y fechas próximas. No estamos cotejando un piso de Diego de León con otro situado a diez calles de distancia ni utilizando exclusivamente precios de escaparate que quizá nunca encuentren comprador.

En un caso hubo un precio fijado administrativamente y una adjudicación directa. En el otro, un precio inicial y compradores compitiendo hasta llegar a 1,51 millones. Son procedimientos diferentes y precisamente por eso sus resultados llaman la atención.

La incógnita razonable se concentra en la valoración realizada en 2025. Hasta conocer con detalle aquella tasación y sus criterios, afirmar que existió un trato de favor sería ir más lejos de lo que permiten los datos disponibles. Ignorar la diferencia entre ambas operaciones, en cambio, tampoco parece muy defendible.

La subasta mantiene abierta la polémica

La controversia del piso de Iván Redondo ha dejado de descansar únicamente sobre estimaciones de cuánto cuesta vivir en el barrio de Salamanca. La subasta de 1,51 millones aporta una referencia tangible: alguien estuvo dispuesto a pagar esa cantidad por otro inmueble del mismo edificio, vendido por la misma Seguridad Social pocos meses después.

No demuestra por sí sola una irregularidad en la compra de Redondo. Sí obliga a mirar con lupa la tasación que permitió cerrar su vivienda en 1.120.921 euros y a distinguir algo elemental entre precio de salida y precio final. En una subasta, al cabo, el primer número abre la puerta. El último es el que paga el comprador.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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