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Detenido en Zaragoza el instagramer Paracetamol por canciones de odio

Un instagramer de Zaragoza, conocido como Paracetamol, fue detenido por letras presuntamente discriminatorias. Quedó libre y comparecerá en enero.

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El instagrammer Paracetamol

Foto: @paracetamol_ropecorazones / Instagram.

Resumen

  • Paracetamol fue detenido en Zaragoza por presuntos mensajes de odio
  • El arresto fue el 2 de julio y el creador quedó en libertad provisional
  • El instagramer está citado ante una jueza de Zaragoza en enero de 2027

La Policía Nacional detuvo en Zaragoza al creador de contenido conocido como Paracetamol, un hombre de 46 años investigado por difundir canciones con presuntos mensajes de odio contra inmigrantes, personas homosexuales y enfermos. El arresto se produjo el 2 de julio de 2026, aunque los detalles de la investigación han trascendido este 27 de octubre. El sospechoso quedó en libertad provisional y tiene pendiente una comparecencia judicial.

El instagramer, residente en el barrio zaragozano de Torrero, había conseguido una considerable popularidad en Instagram y TikTok gracias a sus vídeos musicales. Aparecía habitualmente con una guitarra, interpretando composiciones propias en las que mezclaba situaciones cotidianas, críticas políticas y comentarios sobre distintos colectivos. Según la investigación policial, algunas de esas letras no se limitaban a la sátira, sino que contenían expresiones susceptibles de constituir un delito de incitación al odio.

La operación estuvo dirigida por la Brigada de Información de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, cuyos agentes investigaron durante meses la identidad del hombre que aparecía en las grabaciones. El caso plantea también una cuestión jurídica relevante: hasta dónde alcanza la libertad de expresión cuando una canción presentada como humor contiene expresiones discriminatorias contra determinados grupos sociales.

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La detención de Paracetamol se produjo el 2 de julio

Aunque la noticia ha adquirido notoriedad pública a finales de octubre, la actuación policial tuvo lugar varios meses antes. Fuentes de la Policía Nacional en Zaragoza han confirmado que Paracetamol fue detenido el 2 de julio, después de una investigación desarrollada desde Madrid.

Los investigadores consiguieron identificar al responsable de los perfiles y localizarlo en el barrio de Torrero, donde residía y grababa buena parte de sus vídeos. Tras establecer su identidad, los agentes se desplazaron a Zaragoza para proceder a su arresto.

El investigado se acogió a su derecho a no declarar durante las actuaciones policiales y posteriormente quedó en libertad provisional. La detención, por tanto, no supone que exista una condena ni que haya quedado acreditada judicialmente la comisión de un delito.

Los hechos investigados se relacionan con la difusión pública de composiciones que, según los agentes, incluían expresiones de menosprecio hacia personas por su origen, orientación sexual, enfermedad y otras circunstancias personales.

Las canciones que llevaron a investigar al instagramer

Paracetamol había construido su presencia en las redes sociales sobre un formato relativamente sencillo: una guitarra, una melodía pegadiza y letras improvisadas o elaboradas a partir de acontecimientos cotidianos.

Una de sus composiciones más conocidas era «Panchito, panchito, repartidor», dedicada a un trabajador de reparto de comida a domicilio. La canción surgió después de una incidencia relacionada con un pedido y terminó convirtiéndose en uno de sus contenidos más reconocibles.

El creador utilizaba posteriormente esa misma fórmula musical para abordar cuestiones políticas y sociales, con letras que frecuentemente incluían insultos y expresiones despectivas.

Sus perfiles llegaron a reunir cerca de 100.000 seguidores entre Instagram y TikTok, mientras que algunas grabaciones superaron las 500.000 reproducciones. Parte de sus contenidos también alcanzó una mayor difusión al aparecer en retransmisiones de otros creadores conocidos, entre ellos Auronplay.

De los inmigrantes a los ataques contra dirigentes políticos

Entre las publicaciones examinadas por los investigadores aparecen canciones dirigidas contra inmigrantes, personas homosexuales y enfermos. Los agentes consideran que determinadas expresiones contenían una carga vejatoria que podía superar los límites de una simple crítica.

También se analizaron composiciones dirigidas contra representantes políticos. En una de ellas, Paracetamol insultaba al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por su actuación respecto a Ceuta y le acusaba de recibir dinero de Marruecos. Se trataba de una acusación formulada en la canción, no de un hecho acreditado.

Otra de las grabaciones recogidas en la investigación estaba dirigida contra Irene Montero, exministra de Igualdad y dirigente de Podemos. En ella, el creador expresaba deseos de violencia contra la política y personas de su entorno.

Estas últimas manifestaciones llevaron a los investigadores a apreciar indicios de un posible componente ideológico en determinadas composiciones.

El propio Paracetamol había defendido públicamente sus publicaciones como una forma de humor. En uno de sus vídeos recurrió al ejemplo de antiguos programas cómicos españoles para justificar sus parodias y también hizo referencia a su origen gitano.

Sin embargo, presentar un mensaje como una broma no determina por sí solo su legalidad. El contexto, el contenido, su finalidad y la forma de difusión son circunstancias relevantes para establecer si una expresión puede tener consecuencias penales.

Qué castiga el Código Penal cuando se difunden mensajes de odio

El artículo 510 del Código Penal español contempla diferentes conductas relacionadas con el fomento del odio, la hostilidad, la discriminación o la violencia contra determinados colectivos.

La norma protege, entre otros, a grupos definidos por su origen nacional, etnia, religión, ideología, orientación sexual, enfermedad o discapacidad.

Para los supuestos de incitación pública al odio o la discriminación previstos en su apartado primero, establece penas de uno a cuatro años de prisión y multas de seis a doce meses.

También contempla otras conductas, como las expresiones que lesionan gravemente la dignidad de las personas mediante humillaciones o menosprecios relacionados con esas características protegidas.

La legislación tiene especialmente en cuenta la difusión de contenidos por internet. Cuando los hechos se cometen utilizando medios digitales y alcanzan a un número elevado de personas, el artículo 510 prevé la imposición de las penas correspondientes en su mitad superior.

Ahora bien, no cualquier insulto constituye un delito de odio. La libertad de expresión protege opiniones desagradables, críticas severas y manifestaciones satíricas que pueden resultar ofensivas.

Para determinar si existe responsabilidad penal, los tribunales deben examinar el contenido concreto, las circunstancias de su publicación y su encaje en los requisitos establecidos por la ley.

Esta distinción resulta fundamental en el caso de Paracetamol. La investigación policial considera que algunas de sus canciones presentan indicios delictivos, pero será la autoridad judicial quien determine si esos hechos reúnen los requisitos necesarios para una eventual condena.

Paracetamol sigue en libertad provisional y deberá acudir al juzgado

La situación judicial del instagramer continúa abierta. Después de su detención en julio, Paracetamol quedó en libertad provisional, aunque deberá atender los requerimientos de la Justicia.

El investigado ha recibido una citación para comparecer ante una jueza de Zaragoza en enero de 2027. Si incumpliera injustificadamente esa obligación, podría llegar a dictarse una orden de busca y captura.

El procedimiento deberá concretar las conductas investigadas, su posible calificación jurídica y las responsabilidades que pudieran derivarse de ellas. Por el momento, no consta una sentencia condenatoria contra el creador de contenido por estos hechos.

El caso también muestra cómo una actividad desarrollada principalmente en las redes sociales puede acabar sometida al examen de los tribunales. Las cifras de seguidores, las reproducciones y el supuesto carácter humorístico de las publicaciones no excluyen la aplicación de las leyes penales.

La cuestión que queda por resolver no es si las canciones resultaban ofensivas, algo que puede valorarse de manera diferente según quien las escuche, sino si su contenido constituye una conducta penalmente castigada. Esa decisión corresponde a la Justicia, con todas las garantías y respetando la presunción de inocencia del investigado.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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