Economía
La Audiencia frena 120 millones de Repsol por el gravamen energético
La Audiencia Nacional paraliza 120,3 millones reclamados a Repsol por el gravamen energético de 2024 mientras resuelve el recurso de la petrolera
Imagen: Luis García / CC BY-SA 3.0 ES.
Resumen
- La Audiencia suspende cautelarmente 120,3 millones reclamados a Repsol
- El pago queda aplazado mientras se resuelve el recurso de la energética
- Con la suspensión de 2023, hay más de 272 millones de euros paralizados
La Audiencia Nacional ha suspendido cautelarmente el pago de 120,3 millones de euros reclamados a Repsol por el gravamen temporal energético correspondiente a 2024. La compañía no tendrá que desembolsar de momento esa cantidad mientras la Sala de lo Contencioso-Administrativo resuelve el recurso presentado contra la liquidación. La decisión supone un alivio financiero inmediato para la energética, aunque todavía no decide quién tiene razón en el litigio.
Eso último importa. Mucho. El tribunal no ha anulado el gravamen ni ha declarado ilegal la liquidación. Ha detenido su ejecución mientras estudia el fondo del asunto y ha condicionado la medida a que Repsol mantenga un aval bancario suficiente para cubrir el principal, los posibles recargos y los intereses de demora. La factura, por decirlo gráficamente, ha entrado en el congelador judicial; no ha desaparecido.
Repsol evita por ahora el desembolso de 120,3 millones
El auto establece la suspensión de la ejecutividad del acto impugnado después de que la Abogacía del Estado no se opusiera a la medida cautelar solicitada por Repsol. El tribunal considera que, dadas las circunstancias y existiendo una garantía bancaria, procede paralizar el cobro hasta que haya una resolución sobre el recurso.
El aval deberá cubrir no solo los 120,3 millones reclamados, sino también los recargos y los intereses que puedan generarse durante los dos años siguientes a la admisión del procedimiento. Hacienda mantiene así protegida su capacidad de cobro en caso de que Repsol termine perdiendo el pleito. No hay aquí dinero evaporándose por una rendija del Palacio de Justicia: hay una deuda discutida y respaldada por garantías bancarias.
La reacción bursátil fue inmediata. Las acciones de Repsol llegaron a avanzar más de un 2,5 % tras conocerse la suspensión, una respuesta comprensible en un mercado al que suelen gustarle bastante los millones que permanecen, al menos temporalmente, dentro de la caja de una compañía.
Ya son más de 272 millones paralizados en los tribunales
La resolución no aparece sola. La Audiencia Nacional ya había suspendido previamente otra liquidación vinculada al mismo gravamen, en este caso por 152,4 millones de euros correspondientes a 2023. Sumadas ambas cantidades, Repsol ha conseguido frenar cautelarmente pagos por más de 272,7 millones mientras continúa la batalla judicial.
La diferencia entre suspensión y anulación es esencial para entender la dimensión real de la noticia. Repsol ha logrado evitar el desembolso inmediato, pero el Estado conserva abierta la posibilidad de cobrar las cantidades si los tribunales respaldan finalmente las liquidaciones. Y la energética, a su vez, mantiene intacta su pretensión de que esas obligaciones sean anuladas.
El tribunal todavía debe resolver el fondo
El siguiente terreno de juego es bastante menos vistoso que una subida bursátil, pero bastante más decisivo: la legalidad del gravamen y de su aplicación a Repsol.
La compañía cuestiona, entre otros aspectos, que la prestación se calcule sobre la cifra de negocios en lugar de hacerlo directamente sobre el beneficio extraordinario. También ha discutido su encaje constitucional, su proporcionalidad y el trato que dispensa a los grandes operadores energéticos. La suspensión cautelar no valida esos argumentos; simplemente permite que sean examinados sin obligar antes a la empresa a desembolsar las cantidades reclamadas.
De dónde sale el controvertido gravamen energético
El origen se encuentra en la Ley 38/2022, aprobada a finales de 2022 en plena crisis energética posterior a la invasión rusa de Ucrania. El Gobierno planteó entonces una contribución extraordinaria de grandes empresas energéticas y entidades financieras en un contexto de inflación disparada, precios elevados de la energía y beneficios empresariales excepcionalmente altos en parte del sector.
En el caso energético, la norma estableció con carácter general un gravamen equivalente al 1,2 % de la cifra de negocios obtenida por determinadas actividades desarrolladas en España, con exclusiones y reglas específicas. Se dirigía principalmente a los grandes operadores y dejaba fuera, entre otros supuestos, a empresas situadas por debajo de determinados umbrales de facturación.
Hay una peculiaridad jurídica que suele perderse cuando la discusión abandona el BOE y llega al debate político. La norma configuró la figura como una prestación patrimonial de carácter público no tributario, aunque en la conversación pública se haya hablado repetidamente de impuesto o tasa. La diferencia terminológica no es decorativa: forma parte precisamente de una de las discusiones jurídicas que rodearon su diseño.
La ley establecía asimismo que el gravamen no era deducible en el impuesto sobre sociedades y prohibía trasladarlo económicamente a los clientes. También contemplaba un pago anticipado equivalente al 50 % de la prestación calculada.
Un gravamen nacido como excepcional y que no se hizo permanente
La medida nació con fecha de caducidad. Su arquitectura original cubría los ejercicios previstos durante la emergencia energética, aunque posteriormente el Gobierno trató de prolongarla.
Ese intento terminó chocando con el Congreso. El Ejecutivo aprobó a finales de 2024 un real decreto ley para establecer el gravamen energético durante 2025, pero la Cámara Baja rechazó su convalidación el 22 de enero de 2025: recibió 165 votos favorables, 183 contrarios y una abstención. El decreto quedó derogado.
Eso no borró, claro, las obligaciones generadas en los ejercicios anteriores. Y ahí está precisamente el pleito actual. Una norma puede desaparecer del paisaje legislativo mientras sus antiguas liquidaciones continúan recorriendo juzgados, recursos, avales y despachos de abogados durante años. La política cierra una puerta; el litigio fiscal sigue abierto.
El impacto del gravamen en las cuentas de Repsol
La energética ha mantenido una oposición frontal a esta figura desde su creación. En sus resultados de 2024 cifró en 450 millones de euros el impacto negativo asociado al gravamen temporal energético español. Ese año obtuvo un beneficio neto de 1.756 millones, un 45 % inferior al registrado en 2023, dentro de un ejercicio marcado también por menores precios energéticos y márgenes industriales más débiles.
La compañía ha defendido que cargar sobre los ingresos y no sobre el beneficio puede penalizar inversiones industriales y proyectos energéticos. El Gobierno, por su parte, justificó la figura como un mecanismo extraordinario para repartir el coste económico de la crisis y exigir una mayor aportación a sectores que habían disfrutado de una coyuntura especialmente favorable. Dos visiones casi opuestas de una misma factura.
La factura queda congelada, el pleito sigue abierto
La decisión de la Audiencia Nacional ofrece a Repsol una victoria procesal relevante, sobre todo por el volumen económico involucrado, pero sería prematuro convertirla en una derrota definitiva del Estado. El tribunal todavía debe pronunciarse sobre el fondo del recurso.
Por ahora, la compañía conserva en caja los 120,3 millones correspondientes a 2024 y mantiene paralizados otros 152,4 millones vinculados al ejercicio anterior. A cambio, Hacienda conserva sus garantías bancarias y la posibilidad de ejecutar el cobro si los recursos terminan favoreciendo a la Administración.
El resultado provisional, por tanto, es bastante menos épico que algunos titulares: más de 272 millones de euros suspendidos, no perdonados. Y una medida nacida en la tormenta energética de 2022 sigue dando coletazos cuatro años después, esta vez no en el Congreso ni en una rueda de prensa, sino donde las grandes disputas fiscales suelen acabar cuando nadie consigue ponerse de acuerdo: ante los jueces.
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