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Colombia aprueba la ley de sometimiento con rebajas de penas del 50 %
La ley de sometimiento aprobada en Colombia prevé rebajas de penas del 50 % para miembros de base y del 30 % para jefes, bajo condiciones estrictas.
Resumen
- Colombia aprueba una ley para someter a la justicia a los grupos armados
- Los miembros de base podrán recibir rebajas de pena de hasta el 50 %
- El Gobierno rompe con la «paz total» de Petro y afronta críticas
El Congreso de Colombia ha aprobado la ley de sometimiento a la justicia, una de las principales iniciativas de seguridad del presidente Abelardo de la Espriella, que establece nuevas condiciones para que los integrantes de organizaciones armadas ilegales abandonen la actividad criminal a cambio de beneficios judiciales. La medida supone un cambio profundo respecto a la política de «paz total» impulsada por el anterior Gobierno de Gustavo Petro.
La nueva legislación contempla rebajas de penas de hasta el 50 % para los integrantes de base y del 30 % para los cabecillas, pero exige entregar las armas, devolver los bienes obtenidos ilegalmente y colaborar con las autoridades. Los responsables de dirigir estas organizaciones deberán cumplir al menos diez años de prisión. Tampoco se suspenderán las órdenes de captura ni los procedimientos de extradición.
El proyecto recibió el respaldo del Senado, con 57 votos a favor y 24 en contra, y de la Cámara de Representantes, donde obtuvo 95 apoyos frente a diez votos negativos. Su aprobación, completada en la noche del martes 3 de noviembre, llegó tras dos días de intensos debates parlamentarios y fuertes críticas de la oposición.
La Cámara aceptó finalmente el mismo texto aprobado por el Senado, evitando una comisión de conciliación que habría complicado su tramitación. Este miércoles 4 de noviembre, el proyecto queda pendiente de la sanción presidencial, paso necesario para convertirse formalmente en ley.
Qué es la ley de sometimiento a la justicia de Colombia
La ley de sometimiento establece un procedimiento judicial para que los miembros de grupos armados ilegales y organizaciones criminales abandonen voluntariamente sus actividades y respondan ante la justicia ordinaria.
No se trata de una amnistía general ni de un acuerdo de paz negociado entre el Estado y una guerrilla. La diferencia es fundamental: los integrantes de las organizaciones pueden obtener determinadas ventajas penales, pero deben reconocer su sometimiento a las autoridades y cumplir obligaciones verificables.
El mecanismo está destinado a estructuras vinculadas con actividades como el narcotráfico, la minería ilegal y el terrorismo, además de otras economías criminales. Su alcance comprende tanto organizaciones armadas de gran tamaño como determinadas redes delictivas menores.
Una de las principales novedades es que elimina la negociación política con los grupos armados como vía para alcanzar su desmovilización. El Estado no reconoce a estas organizaciones como interlocutores políticos a efectos del nuevo procedimiento, sino como estructuras cuyos miembros deben responder por los delitos cometidos.
La iniciativa modifica y prorroga la Ley 418 de 1997, conocida como Ley de Orden Público, que durante décadas ha proporcionado instrumentos jurídicos para gestionar los conflictos internos y las políticas de seguridad colombianas.
Cómo funciona el sometimiento de los grupos armados
El funcionamiento de la nueva ley se basa en un intercambio condicionado: el Estado ofrece posibles reducciones de condena y los integrantes de las organizaciones criminales deben contribuir a su desmantelamiento.
Para acogerse al procedimiento, los interesados tendrán que entregar sus armas, identificar a otros miembros y facilitar información sobre la estructura, sus actividades y sus fuentes de financiación.
También deberán poner a disposición de las autoridades los bienes obtenidos mediante actividades ilícitas. El Gobierno ha descartado que los criminales puedan conservar una parte de ese patrimonio como recompensa por someterse.
La colaboración incluye facilitar datos sobre personas desaparecidas, ayudar a localizar a víctimas de secuestro y entregar a los menores reclutados por las organizaciones. Asimismo, los participantes deberán revelar posibles vínculos con políticos, redes de corrupción y otros colaboradores de las estructuras criminales.
El procedimiento contempla la intervención de la Fiscalía y de los jueces, responsables de determinar las responsabilidades individuales y comprobar el cumplimiento de los requisitos legales.
La entrega voluntaria, por sí sola, no garantiza ninguna rebaja. Los beneficios estarán condicionados a la información aportada, la cooperación efectiva y las obligaciones que establezca la legislación.
Rebajas de penas del 50 % y del 30 %, con límites para los cabecillas
El aspecto más relevante para quienes decidan someterse a la justicia es el tratamiento penal diferenciado según su responsabilidad dentro de la organización.
Los integrantes de base podrán recibir reducciones de hasta la mitad de sus condenas, mientras que los cabecillas y responsables de mando tendrán un límite del 30 %.
En el caso de los dirigentes, el texto establece además una pena mínima de diez años de prisión efectiva, de manera que la reducción no pueda rebajar su tiempo de encarcelamiento por debajo de ese umbral.
Durante la tramitación parlamentaria también se incorporaron restricciones para los responsables del reclutamiento de menores. El texto excluye del tratamiento penal diferenciado a quienes hayan sido condenados mediante sentencia firme por ese delito, aunque la oposición ha cuestionado el alcance de la protección respecto a quienes todavía no cuentan con una condena definitiva.
Otros cambios afectan a delitos como el blanqueo de capitales y el uso de testaferros, para los que se endurecieron las condiciones de acceso a determinados beneficios, incluida la exigencia de haber cumplido seis años de condena.
Las personas que se acojan al mecanismo deberán permanecer en establecimientos penitenciarios bajo responsabilidad del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC).
El ministro de Justicia, Iván Cancino, ha insistido en que la ley no permite suspender órdenes de captura, extradiciones ni operaciones de las fuerzas de seguridad. Tampoco abre la puerta a una negociación política que permita a los dirigentes criminales acceder a cargos públicos mediante este procedimiento.
El fin de la «paz total» de Gustavo Petro
La aprobación representa una de las mayores rupturas políticas entre el Gobierno de Abelardo de la Espriella y el de su antecesor, Gustavo Petro, que presidió Colombia entre 2022 y 2026.
Petro había impulsado una estrategia conocida como «paz total», basada en abrir conversaciones simultáneas con distintas organizaciones armadas. Su objetivo era reducir la violencia mediante negociaciones políticas con las guerrillas y mecanismos de sometimiento para las bandas criminales.
Entre los principales interlocutores figuraban el Ejército de Liberación Nacional (ELN) y distintas disidencias de las antiguas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).
Los resultados fueron desiguales. Aunque se promovieron conversaciones y acuerdos parciales, la política no logró desmantelar las principales estructuras armadas ni poner fin a los enfrentamientos en numerosos territorios.
El Gobierno de De la Espriella sostiene que aquellas negociaciones permitieron a determinadas organizaciones consolidar su presencia territorial y ampliar sus actividades relacionadas con el narcotráfico y la minería ilegal.
Las cifras del Ministerio de Defensa, recogidas en un informe de la Fundación Ideas para la Paz, reflejan la magnitud del problema: el número estimado de integrantes de grupos armados ilegales pasó de 15.120 en diciembre de 2022 a 28.802 en julio de 2026, un incremento aproximado del 90 %.
El aumento es uno de los argumentos utilizados por el Ejecutivo para defender el endurecimiento de su política de seguridad. Sin embargo, los problemas de seguridad en Colombia también responden a factores estructurales anteriores al mandato de Petro, y el crecimiento de los grupos armados no puede atribuirse exclusivamente a una sola decisión gubernamental.
Petro había destacado durante su mandato algunos descensos de homicidios como resultados de su estrategia, aunque los balances independientes cuestionaron su capacidad para reducir de forma sostenida la violencia y el poder de las organizaciones ilegales.
Con la nueva legislación, De la Espriella apuesta por una fórmula distinta: sometimiento judicial, presencia militar y ausencia de concesiones políticas a las organizaciones armadas.
Las críticas: derechos de las víctimas y riesgo de arbitrariedad
La iniciativa ha provocado una fuerte oposición del Pacto Histórico, la formación política vinculada al expresidente Gustavo Petro, cuyos representantes denuncian problemas constitucionales y posibles riesgos para los derechos fundamentales.
La congresista María Fernanda Carrascal ha acusado al proyecto de criminalizar la protesta social, debilitar los derechos de las víctimas y no garantizar suficientemente su reparación.
Entre los aspectos más controvertidos figura la facultad atribuida al presidente para clasificar determinadas organizaciones como terroristas. La oposición considera que esta competencia puede abrir la puerta a decisiones discrecionales si no existen criterios objetivos y controles suficientes.
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia también había formulado observaciones sobre el proyecto durante su tramitación. Entre ellas, advirtió de que la inclusión de una persona u organización en registros administrativos no puede utilizarse por sí sola como prueba de responsabilidad penal.
El tribunal reclamó garantías para evitar que informes de inteligencia o decisiones administrativas sustituyan la valoración de pruebas por parte de los jueces, especialmente cuando pueden producir consecuencias como restricciones de derechos o congelaciones de bienes.
Otro punto de controversia es la reparación de las víctimas. Aunque la legislación exige devolver los bienes ilícitos y colaborar en el esclarecimiento de los delitos, sus detractores cuestionan si las condiciones aprobadas serán suficientes para garantizar resultados efectivos.
También se han denunciado posibles irregularidades en la tramitación parlamentaria. La oposición ha anunciado su intención de impugnar la legislación ante la justicia, mientras el Gobierno defiende que se han respetado los procedimientos constitucionales.
Durante su paso por el Senado se eliminó, además, una disposición controvertida sobre gastos reservados relacionados con el Fondo de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Fonsecon). La supresión del artículo 25 fue uno de los cambios más relevantes introducidos durante el debate.
Una nueva política de seguridad pendiente de demostrar resultados
El presidente Abelardo de la Espriella celebró la aprobación parlamentaria con un mensaje en redes sociales: «¡Habemus ley de sometimiento!». También agradeció el trabajo del ministro Iván Cancino y el respaldo de las cámaras.
La aprobación llegó prácticamente sobre el límite previsto para renovar el marco jurídico de la Ley de Orden Público. Al haber respaldado ambas cámaras un texto idéntico, el proyecto puede pasar directamente a la sanción presidencial, sin necesidad de nuevas negociaciones parlamentarias.
El cambio legislativo es importante, pero su aprobación no supone que las organizaciones armadas vayan a entregar inmediatamente sus armas ni que disminuya automáticamente la violencia.
Para conseguirlo será necesario que sus integrantes acepten las condiciones, que la justicia pueda investigar los delitos y que las instituciones tengan capacidad para recuperar bienes, proteger a los testigos y garantizar los derechos de las víctimas.
Colombia sustituye así una estrategia basada en la negociación política por otra que prioriza el sometimiento a la justicia y el cumplimiento efectivo de las penas. La gran prueba llegará en los territorios donde los grupos armados mantienen su influencia: allí se comprobará si el nuevo modelo consigue reducir su poder o si el conflicto continúa bajo unas reglas diferentes.
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