España
El Supremo amnistía a Clara Ponsatí y archiva su causa por el 1-O
El Tribunal Supremo aplica la amnistía a Clara Ponsatí, extingue su responsabilidad penal y pone fin al proceso por desobediencia ligado al 1-O.
Foto: Generalitat de Catalunya, licencia de atribución.
Resumen
- El Supremo amnistía a Clara Ponsatí y archiva su causa por desobediencia
- El procedimiento termina sin juicio tras nueve años desde el 1-O
- El Tribunal de Cuentas también la amnistió por los gastos del procés
El Tribunal Supremo ha aplicado este jueves, 5 de noviembre de 2026, la ley de amnistía a la exconsellera catalana Clara Ponsatí, procesada por desobediencia en la causa judicial del procés. La Sala de lo Penal ha declarado amnistiados los hechos que se le atribuían, ha extinguido su responsabilidad penal y ha acordado el sobreseimiento libre del procedimiento. La decisión pone fin a la causa penal que mantenía abierta contra ella el alto tribunal.
La resolución llega después de más de nueve años de recorrido judicial desde el referéndum independentista del 1 de octubre de 2017. Ponsatí abandonó España tras la declaración unilateral de independencia, permaneció más de cinco años en Bélgica y Escocia y regresó a Cataluña en marzo de 2023. Aunque la Fiscalía llegó a solicitar que fuera juzgada por desobediencia grave, el juicio nunca se celebró.
El auto supone el archivo de un procedimiento que atravesó distintas etapas: de las investigaciones iniciales por el procés a la desaparición del delito de sedición del Código Penal, pasando por las órdenes de detención, el conflicto sobre su inmunidad como eurodiputada y, finalmente, la aplicación de la amnistía aprobada en 2024.
La decisión también coincide con una nueva fase de resoluciones judiciales sobre el independentismo catalán. En las últimas semanas, tanto el Supremo como el Tribunal Constitucional y el Tribunal de Cuentas han adoptado decisiones que afectan a antiguos responsables de la Generalitat y a las consecuencias penales y económicas del referéndum de 2017.
Qué ha decidido el Tribunal Supremo sobre Clara Ponsatí
La Sala de lo Penal del Supremo ha dictado un auto que declara comprendidos en la amnistía los hechos atribuidos a Ponsatí y extingue la responsabilidad penal derivada de ellos. Como consecuencia, ordena el sobreseimiento libre de las actuaciones.
Se trata de una decisión jurídicamente relevante. El sobreseimiento libre implica el archivo definitivo de la causa por los hechos amnistiados, sin necesidad de celebrar el juicio oral que se había planteado contra la antigua responsable de Educación de la Generalitat.
La exconsellera estaba procesada por un delito de desobediencia, relacionado con su participación en la organización del referéndum del 1-O pese a las decisiones del Tribunal Constitucional que impedían su celebración.
Este delito no lleva aparejada una pena de prisión, sino penas de multa e inhabilitación para ejercer cargos públicos. La aplicación de la amnistía evita que el procedimiento avance hacia un eventual juicio y una posible condena.
Conviene distinguir dos cuestiones: el Supremo no ha dictado una sentencia absolutoria tras examinar su culpabilidad en un juicio, sino que ha declarado extinguida su responsabilidad penal por aplicación de una ley. Es una diferencia importante, aunque el resultado práctico para la causa sea su archivo.
De la salida de España en 2017 al regreso en 2023
Clara Ponsatí formó parte del Govern de Carles Puigdemont como consellera de Enseñanza durante los acontecimientos del otoño de 2017. Su departamento estuvo vinculado a la organización de la votación independentista, celebrada en centros educativos pese a la suspensión acordada por el Tribunal Constitucional.
El 30 de octubre de 2017, después de que el Gobierno español aplicara el artículo 155 de la Constitución y cesara al Ejecutivo catalán, Ponsatí salió de España junto a otros dirigentes independentistas.
Primero se trasladó a Bélgica y posteriormente se estableció en Escocia, donde desarrolló su actividad académica. Durante aquellos años, el magistrado instructor del Supremo Pablo Llarena intentó conseguir su entrega a la justicia española, sin éxito.
Su situación dio un giro con la reforma del Código Penal que eliminó el delito de sedición. Tras esa modificación legislativa, la causa contra Ponsatí quedó circunscrita a la desobediencia.
El 28 de marzo de 2023 regresó por sorpresa a Barcelona después de más de cinco años fuera de España. Los Mossos d’Esquadra la detuvieron en cumplimiento de una orden judicial y posteriormente quedó en libertad.
La Fiscalía pidió juzgarla, pero el juicio nunca se celebró
El procedimiento continuó durante los meses siguientes. Ponsatí alegó su condición de eurodiputada y su inmunidad parlamentaria en las controversias sobre las citaciones y actuaciones judiciales.
En julio de 2023 volvió a ser detenida en Barcelona. Tras practicar las diligencias correspondientes, Llarena dio por concluido el sumario y remitió las actuaciones a la Sala de lo Penal.
En septiembre de aquel año, la Fiscalía solicitó la apertura de juicio oral por un delito de desobediencia grave. Sin embargo, el proceso quedó sin una vista oral celebrada mientras avanzaban las negociaciones políticas que desembocaron en la aprobación de la ley de amnistía.
La norma, aprobada en junio de 2024, abrió una nueva vía jurídica para resolver las causas relacionadas con el proceso independentista catalán.
La amnistía también puso fin a su causa en el Tribunal de Cuentas
La resolución penal conocida este 5 de noviembre no es la primera decisión favorable a Ponsatí en aplicación de la ley de amnistía.
El pasado 14 de octubre de 2026, el Tribunal de Cuentas acordó absolver, por aplicación de esta ley, a 35 antiguos responsables de la Generalitat investigados por las responsabilidades contables derivadas de los gastos del referéndum del 1-O y de la acción exterior del independentismo.
Entre los beneficiados figuraban los expresidentes Carles Puigdemont y Artur Mas, el exvicepresidente Oriol Junqueras y antiguos consellers como Jordi Turull, Raül Romeva, Dolors Bassa, Antoni Comín, Lluís Puig y la propia Clara Ponsatí.
La resolución extinguió las responsabilidades contables reclamadas en aquel procedimiento y ordenó levantar las fianzas y medidas cautelares correspondientes.
Aquella causa tenía una naturaleza distinta de la tramitada por el Supremo. El Tribunal de Cuentas examinaba posibles responsabilidades económicas relacionadas con el empleo de fondos públicos, mientras que la Sala de lo Penal debía resolver la situación de Ponsatí por el delito de desobediencia.
Ambas resoluciones forman parte de la aplicación judicial de la amnistía, pero sus efectos no deben confundirse: una afecta a las reclamaciones contables y la otra extingue la responsabilidad penal.
La situación de Puigdemont y los demás dirigentes del procés
La decisión sobre Ponsatí llega en una semana especialmente significativa para las causas judiciales del independentismo.
El 3 de noviembre, el magistrado Pablo Llarena cerró la instrucción de la causa seguida contra Carles Puigdemont y trasladó a la Sala de lo Penal la aplicación definitiva de la amnistía, después de asumir la doctrina fijada por el Tribunal Constitucional sobre el delito de malversación.
Un día después, el 4 de noviembre, el Constitucional archivó los recursos de amparo de Oriol Junqueras, Jordi Turull y Raül Romeva al considerar que habían perdido su objeto después de que el Supremo aplicara la amnistía y declarara extinguida su responsabilidad penal.
La diferencia con el caso de Ponsatí resulta significativa. Mientras que otros antiguos miembros del Govern tuvieron procedimientos relacionados con la malversación de fondos públicos, la exconsellera estaba procesada exclusivamente por desobediencia.
La aplicación de la norma a la malversación había provocado importantes discrepancias judiciales. Las resoluciones del Constitucional y su posterior aplicación por el Supremo han permitido avanzar en la resolución de los procedimientos pendientes contra antiguos dirigentes independentistas.
La ley de amnistía, por tanto, sigue produciendo efectos judiciales más de dos años después de su aprobación. Su aplicación no ha sido automática ni idéntica en todas las causas, sino que ha requerido decisiones de los tribunales competentes según los delitos y las circunstancias de cada procedimiento.
Clara Ponsatí, alejada de la primera línea política
La trayectoria política de Ponsatí también ha cambiado considerablemente desde los acontecimientos de 2017.
Después de abandonar la Generalitat, desarrolló parte de su actividad política desde el extranjero y obtuvo un escaño en el Parlamento Europeo en las listas de Junts. Con el tiempo, sus discrepancias con la estrategia de los principales partidos independentistas se hicieron cada vez más visibles.
En 2024 participó en la creación de Alhora, una nueva formación independentista que pretendía ofrecer una alternativa a las organizaciones tradicionales del soberanismo catalán.
El proyecto no consiguió representación en las elecciones autonómicas de 2024. Tras ese resultado, Ponsatí anunció su retirada de la primera línea política y su regreso a la actividad profesional, aunque manifestó su intención de mantener el compromiso cívico.
También expresó públicamente sus críticas a los dirigentes que habían encabezado el proceso independentista, incluidos Puigdemont y Junqueras, a quienes reclamó que dejaran paso a otros responsables políticos.
Su distanciamiento de las principales formaciones independentistas contrasta con el protagonismo que tuvo durante los acontecimientos del otoño de 2017 y su posterior etapa como eurodiputada.
Una causa penal del 1-O que queda archivada nueve años después
Con el auto de este jueves, el Tribunal Supremo da por terminada la causa penal contra Clara Ponsatí relacionada con el referéndum independentista de 2017. No habrá juicio por desobediencia en este procedimiento porque la Sala de lo Penal ha declarado amnistiados los hechos y extinguida su responsabilidad.
El desenlace llega nueve años después del 1-O, tras una sucesión de decisiones judiciales, reformas legislativas y cambios en la situación personal y política de la exconsellera.
La resolución no supone un pronunciamiento sobre la legitimidad política del independentismo ni sobre las responsabilidades históricas de sus protagonistas. Su alcance es estrictamente jurídico: aplicar la ley vigente a unos hechos determinados y cerrar el procedimiento penal correspondiente.
Para Ponsatí, que ya había quedado amparada por la amnistía en la causa contable, desaparece así otro de los principales procedimientos judiciales derivados de su participación en el antiguo Govern catalán.
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