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El Supremo archiva la causa contra Alvise por la PCR falsa de Illa

El Supremo archiva la investigación por la falsa PCR atribuida a Salvador Illa en 2021, aunque Alvise mantiene otros procedimientos abiertos.

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Supremo archiva el caso de Alvise

Foto: © European Union / European Parliament, Wikimedia Commons.

Resumen

  • El Supremo archiva la causa contra Alvise por la PCR falsa de Illa
  • El juez no ve indicios suficientes para pedir un suplicatorio a la Eurocámara
  • El eurodiputado sigue investigado en otros procedimientos del Supremo

El Tribunal Supremo ha archivado la causa contra Luis Pérez Fernández, conocido como Alvise Pérez, por la difusión en 2021 de una prueba PCR falsa del entonces ministro de Sanidad y candidato del PSC a la Generalitat, Salvador Illa. El magistrado Javier Hernández ha acordado el sobreseimiento de la investigación al considerar que no existen indicios suficientes para solicitar al Parlamento Europeo el levantamiento de la inmunidad del eurodiputado.

La decisión, conocida este jueves 5 de noviembre de 2026, pone fin a uno de los seis procedimientos penales que el dirigente de Se Acabó La Fiesta (SALF) tenía abiertos en el alto tribunal. La investigación examinaba posibles delitos de falsedad documental e injurias por la publicación de un supuesto informe médico que atribuía a Illa un resultado positivo en coronavirus durante la campaña de las elecciones catalanas de febrero de 2021.

El archivo supone un resultado judicial favorable para Alvise, aunque tiene un alcance concreto: afecta exclusivamente a este procedimiento y no resuelve las demás causas que se siguen contra él. De hecho, el Supremo mantiene otras investigaciones y ha solicitado un nuevo suplicatorio a la Eurocámara por unos hechos distintos, relacionados con las protestas del sector agrario de febrero de 2024.

La resolución también establece una diferencia importante entre la falsedad del documento difundido y la existencia de pruebas suficientes para atribuir una conducta delictiva al político. Que la PCR fuera falsa no significa, por sí solo, que haya quedado acreditada su responsabilidad penal en la elaboración o utilización del documento.

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Por qué el Supremo ha archivado la investigación contra Alvise

El magistrado Javier Hernández, instructor de la causa, ha acordado el sobreseimiento de las actuaciones relativas a los presuntos delitos de falsedad e injurias. El motivo es la insuficiencia de indicios para dar el siguiente paso procesal y solicitar el correspondiente suplicatorio al Parlamento Europeo.

Alvise es eurodiputado desde las elecciones europeas de junio de 2024. Su condición de parlamentario europeo implica determinadas garantías de inmunidad parlamentaria que deben respetarse cuando un procedimiento penal requiere autorización de la Eurocámara para continuar.

En esta ocasión, el instructor considera que los elementos reunidos no justifican esa solicitud. La investigación queda archivada sin necesidad de iniciar ese trámite.

Conviene distinguir el archivo de una causa de una sentencia absolutoria. El Supremo no ha celebrado un juicio para declarar inocente o culpable a Alvise de estos hechos. Ha concluido que la investigación no dispone de indicios suficientes para seguir adelante en las condiciones exigidas por el procedimiento.

La decisión contrasta con la valoración inicial que permitió abrir diligencias en abril de 2025. Entonces, la Sala de lo Penal había apreciado indicios que justificaban investigar la difusión del documento. Tras avanzar la instrucción, la conclusión del magistrado ha sido diferente.

La PCR falsa de Salvador Illa que originó el procedimiento

Los hechos se remontan al 11 de febrero de 2021, durante la campaña de las elecciones al Parlamento de Cataluña. Salvador Illa, que acababa de dejar el Ministerio de Sanidad para encabezar la candidatura socialista, participaba en un debate electoral en plena pandemia.

Alvise difundió en Twitter, la actual X, una imagen que aparentaba ser un informe clínico correspondiente a Illa. El documento atribuía al candidato un resultado positivo en una prueba PCR realizada días antes.

La publicación pretendía cuestionar la conducta del dirigente socialista y su credibilidad durante la campaña. Sin embargo, el supuesto documento sanitario era falso, como quedó acreditado mediante información facilitada por el centro hospitalario al que se atribuía la prueba.

La Fiscalía consideró que los hechos podían constituir delitos de falsedad en documento privado e injurias. Su investigación planteaba tanto la posible elaboración del documento como su utilización pública para perjudicar al candidato socialista y al PSC.

Alvise sostuvo que el documento ya circulaba por las redes sociales

El 6 de junio de 2025, Alvise compareció voluntariamente ante el Tribunal Supremo y reconoció haber difundido la imagen, aunque negó ser su autor. Según explicó a la salida, el documento ya circulaba masivamente por internet cuando decidió compartirlo.

El dirigente de SALF rechazó haber actuado con mala fe y defendió que su publicación debía interpretarse dentro del debate político de aquellas elecciones. Su versión era que no había creado la supuesta PCR ni encargado su elaboración.

Anteriormente había reconocido que no realizó comprobaciones para verificar la autenticidad de la imagen antes de difundirla. Ese extremo fue uno de los elementos examinados en el procedimiento, junto con la posible responsabilidad derivada de utilizar públicamente un documento falso.

La diferencia entre fabricar una prueba médica falsa y compartirla sin comprobar su autenticidad tenía importancia para determinar la posible responsabilidad penal. El archivo conocido este jueves implica que los indicios finalmente reunidos no bastan para continuar la causa contra el eurodiputado.

Una investigación iniciada en Barcelona en 2021

El procedimiento comenzó en el Juzgado de Instrucción número 33 de Barcelona, después de una actuación de la Fiscalía relacionada con la difusión de la supuesta prueba médica. Durante sus primeros años, la investigación siguió su recorrido en la jurisdicción ordinaria.

La situación procesal cambió cuando Alvise obtuvo un escaño en el Parlamento Europeo en 2024. Su nueva condición de aforado llevó a trasladar el asunto al Tribunal Supremo, aunque el procedimiento tuvo que regresar temporalmente al juzgado de Barcelona por defectos formales en su remisión.

En abril de 2025, la Sala de lo Penal del Supremo acordó abrir una causa contra el eurodiputado al apreciar indicios de posibles delitos. Posteriormente, Javier Hernández asumió la instrucción y ofreció a Alvise la posibilidad de declarar voluntariamente.

Las diligencias continuaron durante los meses siguientes. En octubre de 2025, el instructor llegó a solicitar cooperación judicial a Estados Unidos para obtener información relacionada con la publicación del documento en Twitter, con el propósito de esclarecer las circunstancias de su difusión.

Cinco años después de los hechos originales, el magistrado ha decidido archivar la investigación. La resolución evita que este procedimiento desemboque en una solicitud de suspensión de la inmunidad parlamentaria de Alvise.

Las otras causas judiciales contra Alvise siguen abiertas

El archivo de la investigación por la PCR falsa no significa que hayan terminado los problemas judiciales del eurodiputado. El Supremo ha instruido seis causas penales contra Alvise relacionadas con distintos hechos, y la resolución de este jueves afecta únicamente a una de ellas.

Entre las investigaciones figura la relativa a la presunta financiación ilegal de Se Acabó La Fiesta, vinculada a una entrega de 100.000 euros del empresario Álvaro Romillo antes de las elecciones europeas de 2024. La causa examina el destino de esos fondos y posibles responsabilidades penales, sin que exista una condena por esos hechos.

También se han abierto procedimientos por mensajes dirigidos contra la fiscal valenciana Susana Gisbert, por denuncias de dos eurodiputados que abandonaron su formación y por presuntas amenazas o coacciones relacionadas con el alcalde de Algeciras, José Ignacio Landaluce.

El Supremo solicita un quinto suplicatorio por las protestas agrarias

La jornada del 5 de noviembre incorpora otra decisión judicial relevante. Mientras Javier Hernández archiva la causa de la PCR, otra magistrada del Supremo ha solicitado al Parlamento Europeo un nuevo suplicatorio contra Alvise, esta vez por presunta provocación a desórdenes públicos durante las protestas agrarias de febrero de 2024.

La investigación se refiere a mensajes difundidos en un canal de Telegram vinculado al político durante las movilizaciones de agricultores, en los que se planteaban actuaciones de bloqueo de carreteras y otras infraestructuras.

La petición constituye el quinto suplicatorio elevado por el Supremo contra el eurodiputado. Su finalidad es obtener autorización para continuar las actuaciones judiciales correspondientes, no anticipar una declaración de culpabilidad.

Así, dos procedimientos que afectan al mismo dirigente presentan resultados diferentes: uno queda archivado por falta de indicios suficientes y otro avanza hacia la petición de autorización al Parlamento Europeo.

El archivo de la PCR falsa no cambia el resto de las investigaciones

La decisión del Supremo supone que Alvise deja de estar investigado en esta causa concreta, relacionada con la publicación de un documento médico falso de Salvador Illa durante las elecciones catalanas de 2021.

El resultado no convierte en auténtica aquella PCR ni elimina la falsedad del documento. Lo que establece la resolución es que los indicios reunidos no permiten justificar la continuación del procedimiento penal contra el eurodiputado.

Para Salvador Illa, que actualmente preside la Generalitat de Cataluña, el archivo pone fin a una investigación nacida cuando era candidato socialista y España todavía vivía bajo las restricciones sanitarias de la pandemia.

Para Alvise, supone cerrar uno de sus frentes judiciales, aunque mantiene otros procedimientos pendientes en el alto tribunal. La distinción importa: una causa archivada no equivale al archivo de todas, del mismo modo que una investigación abierta no constituye una condena.

El Tribunal Supremo ha despejado así el futuro procesal del caso de la PCR falsa de Illa, mientras las demás investigaciones contra el líder de Se Acabó La Fiesta continúan su propio recorrido judicial.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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