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El «cayuco de los horrores» irá a juicio por 58 muertes en Canarias

Un jurado examinará el caso del cayuco rescatado en Canarias en 2025. Hay 16 procesados y la Fiscalía solicitará prisión permanente por asesinatos.

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irá a juicio por 58 muertes

Resumen

  • La Fiscalía llevará ante un jurado a 16 procesados por 58 muertes
  • Acusa de seis asesinatos y estudia hasta 52 homicidios imprudentes
  • Pedirá prisión permanente, especialmente para el supuesto instigador

La Fiscalía de Las Palmas llevará ante un jurado popular a los 16 procesados por el conocido como «cayuco de los horrores», una embarcación rescatada en agosto de 2025 al sur de Canarias en la que murieron decenas de migrantes. El Ministerio Público prepara una acusación por seis asesinatos y hasta 52 homicidios por imprudencia, y solicitará penas de prisión permanente revisable, especialmente para el guía espiritual al que considera principal instigador de los crímenes.

El Juzgado de Instrucción número 4 de San Bartolomé de Tirajana, en Gran Canaria, ha concluido la investigación de unos hechos que comenzaron a conocerse cuando los supervivientes llegaron al puerto de Arguineguín. Sus declaraciones describen torturas, palizas y personas arrojadas vivas al océano durante una travesía marcada por la avería del motor, la escasez de alimentos y las acusaciones de brujería.

La investigación ha reunido testimonios de supervivientes protegidos e imágenes grabadas con teléfonos móviles durante el viaje. La Fiscalía considera que dispone de pruebas suficientes para sostener la responsabilidad penal de los procesados por 58 muertes, aunque la cifra real de fallecidos podría ser superior.

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Seis asesinatos y 52 homicidios en el cayuco de los horrores

La embarcación partió de Senegal en agosto de 2025 con más de 300 personas a bordo, según los testimonios recogidos durante la investigación. Tras una travesía de aproximadamente once días, fue localizada a la deriva el 24 de agosto de 2025, a unos 439 kilómetros al sur de Gran Canaria.

Cuando llegaron los equipos de rescate, quedaban alrededor de 250 ocupantes. Muchos presentaban lesiones compatibles con golpes, latigazos y otras formas de violencia. Lo que inicialmente parecía una tragedia provocada por las condiciones de navegación terminó convirtiéndose en una investigación por presuntos asesinatos.

La Fiscalía distingue dos tipos de muertes.

Por una parte, atribuye a los acusados seis asesinatos que considera suficientemente acreditados para llevarlos ante un jurado. Se trata de personas que, según la reconstrucción judicial, fueron sometidas a violencia extrema y murieron a consecuencia de las agresiones o después de ser arrojadas vivas al mar.

Por otra, estudia formular cargos por hasta 52 homicidios por imprudencia, correspondientes a los ocupantes que habrían fallecido de hambre y sed durante los días en que el cayuco permaneció sin poder navegar.

La diferencia jurídica es importante. Los asesinatos implican una conducta intencionada con determinadas circunstancias agravantes, mientras que los homicidios imprudentes se relacionan con muertes causadas por una actuación negligente grave o menos grave, según corresponda.

La investigación no ha logrado establecer el número exacto de víctimas. Los supervivientes sitúan las pérdidas humanas entre 50 y 70 personas, pero el Ministerio Público pretende concentrar su acusación en los 58 fallecimientos que considera que puede demostrar ante el tribunal.

El papel del «marabú», acusado de instigar los crímenes

Uno de los aspectos más graves de la causa es el papel atribuido a un hombre conocido como «marabú», término utilizado en distintas comunidades de África occidental para identificar a determinadas figuras de autoridad religiosa o espiritual.

Según la Fiscalía, este hombre ejercía una posición de influencia dentro de la embarcación y habría alentado las agresiones contra pasajeros a los que señalaba como responsables de los problemas sufridos durante la travesía.

La acusación sostiene que, cuando el motor dejó de funcionar y comenzaron a escasear el agua y los alimentos, algunos ocupantes fueron señalados como personas supuestamente embrujadas o hechizadas.

A partir de esas acusaciones se desencadenaron episodios de violencia. Los testimonios describen pasajeros atados, golpeados y sometidos a torturas. Algunos murieron por las agresiones; otros fueron arrojados al océano cuando todavía estaban vivos.

La Fiscalía considera al guía espiritual uno de los principales responsables de la violencia y prevé solicitar para él algunas de las penas más graves previstas en el Código Penal español.

Una organización con funciones y jerarquías

Los investigadores no describen los hechos como una sucesión de enfrentamientos aislados. La hipótesis de la acusación apunta a la existencia de un grupo organizado que controlaba distintas actividades dentro del cayuco.

Entre sus integrantes había personas encargadas de gobernar la embarcación, administrar los víveres y mantener el orden. Para ejercer ese control, algunos disponían de cuchillos, palos y cuerdas.

La Fiscalía sostiene que existía una distribución de funciones y una estructura jerarquizada. Por ese motivo, también atribuye a los procesados la pertenencia a un presunto grupo criminal.

Inicialmente, 17 ocupantes fueron enviados a prisión provisional en septiembre de 2025. Sin embargo, uno de los investigados ha quedado fuera de esta causa penal porque era menor de edad cuando ocurrieron los hechos.

El procedimiento que se prepara ante el jurado se dirige, por tanto, contra 16 procesados.

Los vídeos y los testigos protegidos, fundamentales para la acusación

Una de las dificultades habituales en las investigaciones de delitos cometidos en alta mar es reconstruir lo sucedido cuando no existen testigos externos ni registros oficiales de la travesía.

En este caso, las autoridades cuentan con elementos que podrían resultar determinantes.

Además de las declaraciones de varios supervivientes bajo la condición de testigos protegidos, la causa incorpora grabaciones realizadas con teléfonos móviles por personas que viajaban en el cayuco.

Estas imágenes permitirían documentar episodios de violencia y contrastar parte de los testimonios recogidos durante la instrucción.

Las lesiones observadas por los servicios sanitarios cuando llegaron los supervivientes a Gran Canaria también forman parte de los indicios examinados.

Los primeros interrogatorios ya habían revelado agresiones especialmente graves. Algunos supervivientes describieron amenazas, golpes y castigos contra quienes protestaban por la falta de agua o intentaban defender a las personas acusadas de brujería.

En septiembre de 2025, la investigación policial permitió identificar a varios presuntos responsables de esos ataques y decretar medidas de prisión provisional.

Ahora, con la instrucción concluida, la acusación deberá concretar qué hechos atribuye a cada procesado y qué pruebas sostienen su participación.

Por qué España puede juzgar crímenes cometidos en alta mar

El procedimiento plantea una cuestión jurídica relevante: la competencia de los tribunales españoles para investigar y juzgar delitos ocurridos fuera de las aguas territoriales nacionales.

Los presuntos asesinatos se cometieron durante una travesía en el Atlántico, lejos de Canarias, y las víctimas y los investigados no eran necesariamente ciudadanos españoles.

La Fiscalía considera que existe una base jurídica para que la justicia española asuma el caso porque los delitos se atribuyen a quienes gobernaban la embarcación y controlaban a sus ocupantes.

Esta circunstancia resulta especialmente importante para fundamentar la jurisdicción española sobre unos hechos ocurridos en aguas internacionales.

La cuestión distingue este procedimiento de otros casos investigados en embarcaciones migratorias que han encontrado obstáculos jurídicos para continuar ante los tribunales españoles.

En cualquier caso, la competencia judicial y la responsabilidad individual de los acusados son cuestiones distintas. La primera permite determinar si España puede juzgar los hechos; la segunda exige demostrar la participación de cada acusado en los delitos concretos.

La prisión permanente revisable y los próximos pasos judiciales

La prisión permanente revisable es la pena privativa de libertad más grave contemplada en el ordenamiento jurídico español. Puede imponerse por determinados asesinatos especialmente graves cuando concurren las circunstancias establecidas en el Código Penal.

No implica necesariamente que el condenado permanezca en prisión hasta su muerte, ya que contempla un sistema de revisión sujeto a requisitos legales y al cumplimiento de unos periodos mínimos de encarcelamiento.

La Fiscalía ha anunciado su intención de solicitar esta pena en el procedimiento del cayuco, aunque la calificación definitiva y las peticiones individualizadas deberán concretarse formalmente.

El Ministerio Público presentó el 6 de noviembre de 2026 su relato de los hechos presuntamente delictivos ante el juzgado. El siguiente paso será formular la acusación correspondiente cuando el instructor lo requiera.

El juicio todavía no tiene una fecha anunciada y los 16 procesados mantienen su presunción de inocencia hasta que exista una sentencia firme.

La causa llega a esta fase después de más de un año de investigación y con una dificultad añadida: establecer responsabilidades por decenas de muertes ocurridas en medio del océano, muchas de ellas sin posibilidad de recuperar los cuerpos.

El jurado tendrá que valorar las declaraciones, las pruebas documentales y las grabaciones para determinar qué sucedió realmente a bordo y quiénes participaron en los hechos. Una tarea judicial extraordinariamente compleja para una de las investigaciones penales más graves surgidas en la ruta migratoria hacia Canarias.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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