Síguenos

España

La JEC expedienta a Sánchez y ordena retirar el vídeo del Guernica

La Junta Electoral abre otro expediente sancionador a Pedro Sánchez por su vídeo ante el Guernica y le exige retirarlo de las redes sociales.

Publicado

el

Guernica

Imagen: Jules Verne Times Two / www.julesvernex2.com, CC BY-SA 4.0.

Resumen

  • La Junta Electoral abre otro expediente a Sánchez por el vídeo del Guernica
  • La JEC exige retirar la grabación difundida en redes sociales
  • Sánchez podría ser multado con entre 300 y 3.000 euros

La Junta Electoral Central (JEC) ha abierto este jueves, 29 de octubre de 2026, un nuevo expediente sancionador al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por la grabación y difusión de un vídeo en el Museo Reina Sofía de Madrid, frente al Guernica de Pablo Picasso. El organismo considera que la utilización de las instalaciones y los medios públicos para elaborar el mensaje podría vulnerar la legislación electoral y el principio de neutralidad institucional.

La resolución, adoptada tras una denuncia del Partido Popular, obliga a Sánchez a retirar el vídeo de las redes sociales en las que se haya difundido y le exige abstenerse de aprovechar los recursos públicos vinculados a su cargo durante el periodo electoral. La Junta también recuerda al Museo Reina Sofía su obligación de mantener la neutralidad ante las elecciones generales del próximo 29 de noviembre.

El expediente no supone todavía una sanción económica. La JEC deberá determinar, una vez tramitado el procedimiento, si se ha cometido una infracción. De confirmarse, el presidente podría enfrentarse a una multa de entre 300 y 3.000 euros, conforme a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

La decisión introduce un nuevo frente para Sánchez en plena precampaña. No es la primera advertencia que recibe del árbitro electoral, pero esta vez el debate va más allá de unas declaraciones políticas: afecta también al uso de un museo nacional y de las facilidades institucionales de las que dispone el presidente.

Canal oficial
El Folio en WhatsApp
Recibe las noticias más importantes, alertas y última hora.

Por qué la Junta Electoral considera irregular el vídeo del Guernica

El origen del expediente está en una grabación difundida el sábado 24 de octubre a través de la cuenta personal de Sánchez en X. En las imágenes, el presidente recorre varias salas del Museo Reina Sofía, aparentemente vacío, hasta detenerse frente al Guernica para reivindicar las posiciones de su Gobierno en política internacional.

El PP denunció que Sánchez había utilizado un espacio público para elaborar un mensaje de contenido electoral. La formación sostuvo que el presidente, también candidato socialista a la reelección, se había beneficiado de unas condiciones de acceso y grabación asociadas a su responsabilidad institucional.

La Junta Electoral ha considerado que existen indicios suficientes para investigar una posible vulneración de los artículos 50.2 y 53 de la LOREG, que regulan la neutralidad de los poderes públicos y el uso de medios facilitados por las administraciones durante los procesos electorales.

El elemento determinante no es la presencia del Guernica en la grabación, sino las circunstancias en las que se utilizó el museo.

Según la documentación examinada por la JEC, Sánchez accedió a las instalaciones mediante el protocolo reservado a jefes de Estado, presidentes de Gobierno y otras autoridades. La visita contó con la intervención de personal del Gabinete Institucional y de los servicios de seguridad del museo, sin que se exigiera el pago de ninguna tasa.

Para el organismo electoral, estas circunstancias indican que el presidente pudo realizar la grabación aprovechando las facilidades y los recursos públicos disponibles por razón de su cargo, independientemente de que no se generaran gastos extraordinarios.

La distinción importa. Un dirigente político puede defender sus propuestas electorales, pero el ejercicio de ese derecho no le permite utilizar indistintamente los medios públicos reservados a sus funciones institucionales.

Qué decía Sánchez en el vídeo grabado ante el Guernica

La grabación, de algo más de minuto y medio, presentaba a Sánchez recorriendo el Museo Reina Sofía mientras reflexionaba sobre la guerra, los derechos humanos y las decisiones internacionales adoptadas por España durante su mandato.

Ante el cuadro de Picasso, el presidente reivindicaba el compromiso de su Gobierno con la paz y recordaba su oposición a elevar el gasto militar hasta el 5 % del producto interior bruto (PIB), además de su posición sobre la guerra en Gaza y la defensa del derecho internacional.

El mensaje utilizaba el simbolismo del Guernica, pintado por Picasso en 1937 tras el bombardeo de la localidad vizcaína durante la Guerra Civil, para reforzar un discurso contrario a los conflictos armados.

No había una petición expresa de voto. Sin embargo, el contenido vinculaba las posiciones defendidas por Sánchez con las decisiones de su Ejecutivo y contrastaba su actuación con otras políticas internacionales.

Precisamente ahí se sitúa una parte de la controversia: la ausencia de una petición explícita de voto no excluye por sí sola una posible infracción electoral cuando se emplean medios institucionales para difundir mensajes que puedan favorecer a una candidatura.

El Reina Sofía confirma que la grabación se hizo un día de cierre

El propio museo explicó, tras conocerse las imágenes, que la Presidencia del Gobierno había solicitado una visita institucional y que esta se había organizado un martes, jornada en la que el centro permanece cerrado al público.

La elección de ese día respondió, según la institución, a la intención de evitar interferencias en su funcionamiento habitual.

Por tanto, no se cerró expresamente el museo a los visitantes para grabar el vídeo, como se había sugerido en algunas críticas políticas. La filmación se desarrolló durante una jornada en la que las salas ya estaban cerradas al público.

Esta explicación, sin embargo, no ha resultado suficiente para descartar la apertura del expediente.

La Junta distingue entre la ausencia de perjuicios para los visitantes y el posible aprovechamiento electoral de unas instalaciones públicas. Que la grabación no alterase el funcionamiento del museo no resuelve, por sí solo, si el uso de sus recursos fue compatible con la legislación electoral.

La defensa de Sánchez frente a la denuncia del PP

En sus alegaciones, la representación del presidente sostuvo que el vídeo constituía una reflexión sobre la política exterior española, el multilateralismo, los derechos humanos y la solución pacífica de los conflictos.

Su defensa argumentó que el mensaje, realizado con motivo del Día de las Naciones Unidas, no contenía solicitudes de voto ni ataques a los partidos que concurren a las elecciones.

También rechazó que existiera una campaña destinada a ensalzar los logros del Gobierno. Según sus representantes, las declaraciones se enmarcaban en las competencias constitucionales del Ejecutivo para dirigir la política exterior.

Otro de sus argumentos fue que la grabación se había realizado respetando las normas del museo, sin ocasionar gastos extraordinarios ni impedir el acceso de los ciudadanos.

La defensa añadió que el contenido se había difundido a través de perfiles personales de Sánchez, sin utilizar los canales institucionales de la Presidencia del Gobierno.

El PP, por su parte, había reclamado explicaciones sobre las condiciones de acceso al museo y las autorizaciones necesarias para realizar producciones audiovisuales en sus instalaciones.

El secretario general de los populares, Miguel Tellado, acusó al presidente de utilizar recursos públicos para elaborar lo que consideraba un anuncio electoral.

La Junta ha dado recorrido a la denuncia al abrir el procedimiento sancionador, aunque eso no equivale todavía a aceptar definitivamente todas las acusaciones formuladas por la oposición.

Sánchez afronta su segundo expediente de esta precampaña

La nueva resolución llega apenas dos semanas después de que la Junta Electoral Central acordara abrir otro expediente sancionador al presidente por una comparecencia celebrada en el Palacio de la Moncloa el 6 de octubre, tras un Consejo de Ministros.

En aquella intervención, Sánchez explicó varias decisiones de su Gobierno en materia de vivienda, pero también realizó valoraciones sobre los resultados de su gestión y críticas a sus adversarios políticos.

La JEC consideró que algunas manifestaciones podían vulnerar la neutralidad institucional exigida durante el periodo electoral y ordenó retirar de los canales oficiales los contenidos contrarios a ese principio.

El nuevo procedimiento relacionado con el Guernica es, por tanto, el segundo abierto a Sánchez durante el actual proceso electoral y el sexto expediente sancionador de esta naturaleza que acumula.

El presidente ya había recibido anteriormente multas por incumplimientos del deber de neutralidad, con sanciones que suman 6.600 euros en distintos procesos electorales.

No todas las denuncias presentadas contra él han prosperado. El pasado 22 de octubre, la Junta desestimó otras reclamaciones relacionadas con sus declaraciones durante el Consejo Europeo celebrado en Bruselas, aunque volvió a recordarle los límites que debe respetar en sus intervenciones institucionales.

El criterio del organismo distingue entre la actividad política legítima de un gobernante y la utilización de su posición institucional para obtener ventajas electorales. Una frontera que, cuando coinciden la Presidencia del Gobierno y la candidatura a la reelección, exige especial atención.

Qué sanción puede recibir Sánchez y qué ocurre con el vídeo

El procedimiento abierto por la JEC puede terminar con una sanción económica si se acredita una infracción de la legislación electoral.

El artículo 153 de la LOREG establece multas de 300 a 3.000 euros para autoridades y funcionarios por infracciones electorales que no constituyan delito.

La cuantía concreta dependería de la resolución final del expediente. La apertura del procedimiento no implica que Sánchez haya sido declarado responsable ni que exista ya una multa impuesta.

Mientras se tramita, el organismo ha requerido la retirada del vídeo de los perfiles en redes sociales donde se haya publicado. La grabación ya había desaparecido de la cuenta original del presidente cuando se conoció la decisión.

La JEC también ha dirigido un recordatorio expreso a la Presidencia del Gobierno y al Museo Reina Sofía sobre la prohibición de emplear instalaciones y recursos públicos para actividades de contenido electoralista durante el periodo electoral.

El requerimiento tiene una consecuencia inmediata: la retirada del contenido es independiente de la eventual sanción económica. Son decisiones distintas y no es necesario esperar a que concluya el expediente para cumplir la primera.

El uso de recursos públicos, bajo vigilancia hasta el 29-N

El caso del Guernica vuelve a situar en primer plano una obligación básica de cualquier Gobierno en periodo electoral: la separación entre las actividades propias de la institución y los intereses de los partidos que compiten por el poder.

La legislación no impide que el presidente defienda sus decisiones, participe en actos políticos o presente propuestas como candidato. Lo que restringe es que utilice los recursos de la Administración para favorecer electoralmente a su formación.

Esta exigencia se aplica desde la convocatoria de las elecciones y no únicamente durante los quince días de campaña oficial.

En el caso de Sánchez, la Junta Electoral considera que las condiciones institucionales de acceso al Reina Sofía justifican investigar si esas facilidades terminaron utilizándose para elaborar un mensaje de carácter electoral.

El nuevo expediente mantiene abierto el debate sobre los límites entre comunicación gubernamental y propaganda partidista a un mes de las elecciones generales del 29 de noviembre.

Por el momento, hay tres hechos establecidos: la Junta ha abierto un procedimiento sancionador, ha exigido retirar el vídeo y ha advertido nuevamente sobre el uso electoral de los recursos públicos. La responsabilidad definitiva del presidente quedará pendiente de lo que determine la resolución del expediente.

Newsletter

Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

Lo más leído