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Acusan a Exteriores de abandonar a los cónsules por la ley de nietos

La ADE acusa a Exteriores de abandonar a los cónsules, obligados a identificar a 163.020 electores afectados por la ley de nietos antes del 29-N

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Sede de Exteriores

Imagen: Luis García, CC BY-SA 3.0 ES.

Resumen

  • La ADE acusa a Exteriores de dejar solos a los cónsules en la ley de nietos
  • El Supremo exige identificar a 163.020 electores antes de las 15.00 horas
  • La suspensión cautelar puede impedirles votar el 29 de noviembre

La Asociación de Diplomáticos Españoles (ADE) ha denunciado este miércoles, 28 de octubre, la falta de apoyo del Ministerio de Asuntos Exteriores a los cónsules encargados de cumplir las órdenes del Tribunal Supremo sobre la llamada ley de nietos. La organización acusa al departamento que dirige José Manuel Albares de dejación en plena carrera contrarreloj para identificar a los 163.020 españoles afectados por la suspensión cautelar de su derecho al voto en las elecciones generales del 29 de noviembre.

La denuncia llega precisamente el día en que vence el ultimátum judicial. El Supremo ha dado al Gobierno hasta las 15.00 horas para entregar los nombres de los ciudadanos afectados, con la advertencia de que el incumplimiento podría acarrear multas de 1.000 euros a los ministros José Manuel Albares y Félix Bolaños, además de eventuales responsabilidades penales. El Gobierno sostiene que cumplirá el requerimiento y Bolaños ha asegurado este miércoles que facilitará la relación nominal completa.

El enfrentamiento deja al descubierto un problema que va más allá del calendario electoral. Los consulados españoles, especialmente los situados en países latinoamericanos, llevan años soportando una elevada carga administrativa por las solicitudes de nacionalidad. Ahora deben revisar miles de expedientes, muchos todavía en papel, para determinar qué ciudadanos pueden ejercer su derecho al sufragio.

La controversia tiene una consecuencia especialmente delicada: personas que ya poseen la nacionalidad española pueden quedarse sin votar el 29-N si no obtienen la certificación exigida por el Supremo. La resolución judicial no les retira la nacionalidad, pero condiciona temporalmente su participación electoral desde el extranjero.

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Los diplomáticos denuncian el abandono de Exteriores

La Asociación de Diplomáticos Españoles considera que el Ministerio de Exteriores no ha proporcionado el respaldo necesario a quienes deben ejecutar las decisiones judiciales. La organización, que agrupa aproximadamente al 60 % de la carrera diplomática, vuelve así a señalar las deficiencias de una red consular con recursos insuficientes que, según denuncia desde hace tiempo, funciona con medios limitados.

No es una protesta nueva. El pasado septiembre, la ADE ya criticó la imprevisión y la ausencia de planificación con las que se había aplicado la Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022. Su principal reproche era que el Gobierno había ampliado considerablemente las posibilidades de obtener la nacionalidad española sin adaptar previamente las plantillas, las instalaciones y los sistemas informáticos de los consulados.

La asociación sostiene que buena parte de las dificultades se ha compensado mediante esfuerzos extraordinarios de los funcionarios. Un personal que, mientras tramita nacionalizaciones, debe seguir atendiendo inscripciones de nacimientos y matrimonios, expediciones de pasaportes, visados y otros servicios esenciales para los españoles residentes en el extranjero.

La situación se ha complicado con las sucesivas resoluciones judiciales. A la carga habitual de trabajo se suma una revisión urgente de expedientes que exige localizar documentación, comprobar las circunstancias de cada nacionalización y comunicar los resultados a las autoridades electorales.

El problema no se resuelve únicamente ampliando jornadas laborales. La disponibilidad de personal, la antigüedad de los archivos y la falta de una digitalización completa condicionan la velocidad de las comprobaciones.

El Supremo exige identificar a 163.020 electores antes de las 15.00 horas

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo reclamó el pasado 23 de octubre a los ministros Félix Bolaños y José Manuel Albares que remitieran una relación nominal de los 163.020 afectados por la suspensión cautelar de su participación en el censo electoral de residentes ausentes.

El requerimiento obliga a facilitar esos datos al propio tribunal, a la Junta Electoral Central y a la Oficina del Censo Electoral. La información es necesaria para determinar qué ciudadanos pueden votar en las próximas elecciones generales y cuáles siguen sujetos a la medida judicial.

El alto tribunal considera especialmente relevante que la Administración conozca el número de afectados, pero no haya aportado hasta ahora una identificación individual completa. Sin los nombres y apellidos, resulta extraordinariamente difícil aplicar correctamente la suspensión y garantizar que el censo refleja la situación de cada elector.

Los magistrados han advertido de que, si el Gobierno incumple el plazo, podrán imponer multas coercitivas de 1.000 euros a los ministros requeridos. Esas sanciones podrían repetirse hasta conseguir el cumplimiento de la orden.

La resolución también contempla la posibilidad de trasladar los hechos a la jurisdicción penal para determinar si existe alguna responsabilidad. No se trata, por tanto, de una condena ni de una sanción automática, sino de las consecuencias que el Supremo podría acordar si constata un incumplimiento.

Miles de expedientes en papel complican la revisión consular

Uno de los principales obstáculos es la forma en que se encuentran almacenados los documentos. Buena parte de las nacionalizaciones concedidas desde la entrada en vigor de la Ley de Memoria Democrática no figura en sistemas que permitan identificar automáticamente a los ciudadanos afectados por la suspensión.

Albares ha explicado que los expedientes más antiguos deben comprobarse manualmente, consultando los registros correspondientes. La información digitalizada facilita parte del trabajo, pero tampoco permite distinguir de manera inmediata todas las circunstancias jurídicas que exige verificar el Supremo.

El último balance conocido, fechado el 21 de octubre, reflejaba que los consulados habían revisado 31.390 expedientes, aproximadamente el 19,3 % de los 163.020 casos afectados. De esas comprobaciones únicamente se habían expedido 91 certificados que acreditaban la condición de descendientes de exiliados en los términos establecidos por el tribunal.

Estas cifras no significan que solo 91 personas tengan legítimamente derecho a votar. Indican cuántas habían logrado acreditar documentalmente esa condición mediante la certificación exigida hasta aquella fecha.

La revisión afecta especialmente a oficinas consulares de países como Argentina, Cuba y México, donde se concentra una parte importante de las solicitudes de nacionalidad. En determinadas sedes, el volumen acumulado de expedientes supone una carga de trabajo difícil de asumir con los recursos ordinarios.

Exteriores asegura que ha enviado refuerzos a los consulados

El Ministerio de Asuntos Exteriores mantiene una versión distinta sobre el respaldo prestado a sus funcionarios. El departamento de Albares asegura que ha autorizado las solicitudes de refuerzo de personal planteadas por los consulados y ha puesto a su disposición empleados de las embajadas.

También ha ordenado considerar la revisión de expedientes como una tarea urgente y prioritaria, hasta el punto de suspender permisos y vacaciones de los cónsules y solicitar trabajo extraordinario durante el pasado fin de semana.

El propio ministro ha reconocido que completar el procedimiento resulta muy complicado por los plazos establecidos. Para facilitar las comprobaciones, Exteriores ha permitido incluso que determinadas oficinas suspendan temporalmente otras actividades y concentren sus recursos en la identificación de los afectados.

La discrepancia con la ADE está precisamente ahí. El Ministerio presenta estas medidas como una movilización excepcional de medios, mientras que los diplomáticos denuncian que los problemas estructurales no se pueden solucionar con instrucciones urgentes.

Porque una cosa es ordenar que se revisen miles de expedientes y otra disponer de los recursos necesarios para hacerlo. Los archivos que llevan años sin digitalizarse no se convierten en bases de datos por decreto.

Qué ocurre con el derecho al voto de los nacionalizados por la ley de nietos

La llamada ley de nietos es, en realidad, una disposición de la Ley de Memoria Democrática de 2022 que permite acceder a la nacionalidad española a determinados descendientes de españoles que tuvieron que abandonar el país o perdieron su nacionalidad en circunstancias contempladas por la norma.

La controversia judicial surge por la interpretación administrativa posterior. Una instrucción del Ministerio de Justicia amplió la aplicación de determinados supuestos y estableció una presunción de exilio para españoles que salieron del país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.

El Tribunal Supremo considera que esa interpretación puede exceder lo previsto por la ley y ha adoptado medidas cautelares sobre las consecuencias electorales de las nacionalizaciones afectadas. La suspensión se mantiene mientras se resuelve el procedimiento judicial correspondiente.

Es importante distinguir dos cuestiones: la nacionalidad española y el derecho a participar en estas elecciones. Los ciudadanos afectados siguen siendo españoles. Lo que se encuentra suspendido cautelarmente es su posibilidad de votar desde el extranjero en las condiciones examinadas por el tribunal.

La medida tampoco afecta de la misma manera a todos los beneficiarios de la ley de nietos. Se refiere a los electores incluidos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) afectados por la resolución judicial, no a la totalidad de personas que han obtenido la nacionalidad mediante la Ley de Memoria Democrática.

Los ciudadanos que acrediten documentalmente que son descendientes de exiliados por los motivos contemplados en la norma pueden quedar fuera de la suspensión mediante la correspondiente certificación consular.

La Oficina del Censo Electoral debe advertir a los afectados de que recibir documentación electoral no implica necesariamente que puedan votar. Su participación dependerá de la situación jurídica y de las acreditaciones exigidas.

Esto introduce una dificultad añadida para los ciudadanos residentes fuera de España. Algunos pueden figurar provisionalmente en el censo y recibir las papeletas, pero no tener garantizado que su voto sea considerado válido en el escrutinio.

El conflicto deja en el aire el voto exterior del 29-N

La denuncia de los diplomáticos llega cuando el calendario electoral ya está en marcha y apenas queda un mes para las elecciones generales del 29 de noviembre. La identificación de los afectados resulta esencial para saber quién puede votar y para evitar problemas durante el recuento.

La situación plantea una dificultad que afecta directamente a los derechos de los ciudadanos. Por una parte, el Supremo exige garantizar la legalidad y la transparencia del censo. Por otra, la ejecución de las medidas cautelares depende de una Administración que reconoce importantes limitaciones materiales para revisar todos los expedientes a tiempo.

La suspensión puede afectar incluso a ciudadanos que participaron en elecciones anteriores y que ahora necesitan acreditar nuevamente las circunstancias de su nacionalización para poder votar desde el extranjero.

El Gobierno asegura que cumplirá el requerimiento judicial, pero la entrega de una lista nominal no resuelve por sí sola todas las cuestiones pendientes. Todavía resulta necesario determinar qué electores pueden participar finalmente y cómo se aplicarán las certificaciones consulares durante el proceso electoral.

La protesta de la Asociación de Diplomáticos Españoles señala, además, una responsabilidad administrativa que no desaparecerá cuando termine este plazo. La tramitación de la ley de nietos ha evidenciado las limitaciones de una red consular que atiende a una población española en el extranjero cada vez más numerosa.

A pocas semanas de las urnas, el conflicto concentra tres exigencias difíciles de conciliar: cumplir las decisiones judiciales, garantizar la fiabilidad del censo y proteger el derecho de sufragio de los ciudadanos españoles.

La urgencia electoral terminará el 29 de noviembre. Las carencias de los consulados, en cambio, seguirán ahí si no se adoptan medidas estructurales.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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