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El 96,7% de los colegios concertados de Madrid pide cuotas a familias

Un estudio sobre 151 centros de Madrid revela que 146 piden cuotas educativas y que algunos advierten de exclusión de actividades si no se pagan.

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los colegios concertados de Madrid pide cuotas

Resumen

  • 146 de 151 colegios concertados analizados en Madrid piden cuotas
  • El 86,3% de quienes las solicitan las exige o advierte de exclusiones
  • Los importes llegan a 2.450 euros al año, sin otros servicios

El 96,7% de los colegios concertados analizados en la Comunidad de Madrid solicita cuotas o aportaciones económicas a las familias, pese a que la enseñanza financiada con fondos públicos debe ser gratuita. La situación es especialmente preocupante en los centros que condicionan el acceso a determinadas actividades al pago de esas cantidades. Según una nueva investigación, el 86,3% de los colegios que piden cuotas las presenta como obligatorias o advierte de consecuencias para el alumnado si sus padres deciden no abonarlas.

Los importes tampoco son insignificantes. Las familias afrontan peticiones de hasta 2.450 euros anuales por alumno, con una media de 1.032 euros que no incluye comedor, transporte ni otros servicios adicionales. Los datos proceden del XI Estudio de Cuotas de los Colegios Concertados de la Comunidad de Madrid, presentado este miércoles, 28 de octubre de 2026, por la Asociación de Colegios Privados e Independientes (CICAE) y la FAPA Francisco Giner de los Ríos.

La investigación examina 151 centros educativos y revela una diferencia considerable entre lo que establece la legislación y las condiciones económicas que algunas familias reciben cuando buscan colegio para sus hijos. No todos los centros actúan igual, pero el informe identifica un problema recurrente: pagos presentados como imprescindibles para acceder al proyecto educativo, aunque la ley impide exigir aportaciones obligatorias por las enseñanzas concertadas.

La polémica va más allá de una cuota mensual. En determinados colegios, las familias reciben advertencias de que sus hijos no podrán participar en algunas actividades, tendrán que permanecer separados del grupo o incluso abandonar temporalmente el centro durante una parte de la jornada escolar. Son consecuencias anunciadas durante las entrevistas de matriculación, no casos de exclusión efectiva comprobados por la investigación. Esa distinción es importante.

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El 86,3% de los colegios que piden cuotas impone condiciones

El estudio, elaborado por la consultora Garlic B2B, analizó 151 colegios concertados madrileños entre marzo y abril de 2026. Para obtener información, los investigadores se hicieron pasar por familias interesadas en matricular a sus hijos en el segundo ciclo de Educación Infantil, utilizando entrevistas presenciales, llamadas telefónicas y videollamadas.

De los centros examinados, 146 solicitaron alguna aportación económica y únicamente cinco afirmaron expresamente que no cobraban cuotas educativas.

Entre los 146 colegios que pedían dinero, el 71,2% presentó el pago como obligatorio. Otro 15,1% reconoció que podía rechazarse, aunque advirtió de que el alumno quedaría excluido de ciertas actividades o contenidos. Solo el 13,7% explicó que la aportación era voluntaria y que no pagarla carecía de consecuencias excluyentes.

De ahí procede el 86,3% que reúne las situaciones de obligatoriedad y advertencias de exclusión. El porcentaje se calcula sobre los centros que solicitan cuotas, no sobre la totalidad de colegios madrileños.

También aparecen problemas de transparencia. El 39% de los centros investigados no publica completos en su página web los precios de actividades y servicios. En otro indicador, el 39% de quienes piden cuotas no menciona su carácter voluntario ni durante la entrevista ni en la documentación facilitada.

La falta de información tiene consecuencias prácticas. Una familia puede elegir un centro pensando que la escolarización será gratuita y descubrir después una aportación periódica que no figuraba claramente entre las condiciones iniciales.

Qué dice la ley sobre las cuotas de los colegios concertados

La legislación educativa española establece una distinción fundamental: un colegio concertado puede ofrecer servicios de pago, pero no cobrar por las enseñanzas gratuitas financiadas con dinero público.

El artículo 88 de la Ley Orgánica de Educación, modificado por la Lomloe, prohíbe exigir cantidades por recibir esas enseñanzas, imponer donaciones a fundaciones o asociaciones y establecer servicios obligatorios asociados a las clases que requieran aportaciones económicas.

La norma permite determinados servicios y actividades voluntarios, como el comedor, el transporte escolar o las actividades extraescolares. También regula las actividades complementarias, que deben organizarse sin discriminar al alumnado por motivos económicos.

La legislación impide, asimismo, que las actividades complementarias de carácter estable formen parte del horario escolar.

El problema aparece cuando una aportación denominada voluntaria se convierte, en la práctica, en una condición para disfrutar de actividades que el centro presenta como parte de su formación habitual.

Pagar por el comedor no equivale a pagar por asistir a clase. Tampoco es lo mismo contratar una actividad extraescolar que tener que financiar un supuesto proyecto educativo para evitar que un niño quede apartado de sus compañeros.

La diferencia parece sencilla. Sin embargo, las situaciones documentadas indican que no siempre se explica correctamente a las familias.

Actividades a mediodía y alumnos que podrían quedar apartados

Una de las prácticas que más preocupa a las asociaciones promotoras del informe es la organización de actividades complementarias de pago entre diferentes periodos de la jornada lectiva.

El estudio señala que el 15% de los colegios examinados solicita pagos por actividades complementarias estables dentro del horario escolar. Entre esos centros, el 59,1% facilitó información sobre su denominación y horario, con franjas frecuentes alrededor de las 12.00 o 12.30 y las 13.00 o 13.30 horas.

Para una familia que trabaja, recoger a un menor a mitad de la jornada y devolverlo después al colegio puede resultar prácticamente imposible.

El informe recoge casos en los que los centros advirtieron de que no pagar implicaría recoger al alumno a las 12.30 horas, contratar un servicio alternativo de custodia o renunciar a determinadas partes del proyecto educativo.

Estas advertencias ilustran cómo una actividad supuestamente voluntaria puede convertirse en una presión económica indirecta.

Conviene precisar que el procedimiento de investigación recoge las explicaciones de los colegios ante potenciales familias. No acredita que todos los centros que anunciaron consecuencias hayan llegado a aplicarlas ni demuestra que exista una política uniforme de exclusión.

La presidenta de la FAPA Francisco Giner de los Ríos, Mari Carmen Morillas, ha advertido de que la organización de la jornada escolar no puede utilizarse como instrumento de presión para conseguir que las familias paguen.

Los colegios mercantiles piden más del doble que los no lucrativos

Las diferencias económicas entre los centros son otro de los resultados destacados.

Los colegios concertados de titularidad mercantil solicitan una media aproximada de 1.450 euros anuales por estudiante, frente a unos 680 euros en las entidades sin ánimo de lucro.

La forma jurídica del titular del colegio no determina por sí sola que una cuota sea irregular. Sin embargo, el estudio encuentra diferencias importantes en los importes, la transparencia y la presión ejercida sobre las familias.

Cuatro modelos de colegio y diferencias de hasta 2.450 euros

La investigación clasifica los centros analizados en cuatro perfiles según su comportamiento económico y organizativo.

El primero, que agrupa al 28% de la muestra, presenta las aportaciones más elevadas, con una media de 1.748,40 euros anuales. Predominan los colegios de titularidad mercantil, muchos constituidos después del año 2000 y situados en zonas de renta elevada. Es también el grupo donde se concentran más advertencias de exclusión.

El segundo reúne al 38% de los centros, combina entidades mercantiles y no lucrativas y solicita una media de 865,40 euros anuales. Según el informe, presenta una presión especialmente elevada para conseguir los pagos y los peores resultados de transparencia.

El tercero, integrado mayoritariamente por instituciones sin ánimo de lucro con una larga trayectoria, representa el 19% de la muestra y alcanza una media de 746,50 euros al año. La voluntariedad suele aparecer documentada, aunque no siempre se explica claramente durante las entrevistas.

El cuarto grupo, correspondiente al 15% de la muestra, registra una media de 432,80 euros anuales y presenta una menor presión económica. Incluye los cinco centros que no solicitaron aportaciones educativas.

El contraste refleja que no existe una única forma de gestionar la educación concertada. Bajo el mismo sistema general de financiación conviven colegios que no solicitan cuotas y otros que reclaman cantidades importantes cada curso.

Qué pueden hacer las familias si un colegio les exige pagar

Las familias cuyos hijos estudian en un centro concertado tienen derecho a recibir gratuitamente las enseñanzas cubiertas por el concierto educativo.

Si el colegio solicita una aportación económica, es conveniente pedir información por escrito sobre su importe, periodicidad, finalidad y carácter obligatorio o voluntario.

También resulta importante comprobar qué actividades financia, cuándo se realizan y qué ocurriría con el alumno si la familia decide no pagarlas.

Una aportación voluntaria no puede convertirse en un requisito encubierto para recibir las enseñanzas gratuitas. Tampoco puede utilizarse la situación económica familiar como motivo para discriminar al estudiante.

Cuando el centro no ofrece una explicación satisfactoria, las familias pueden trasladar la reclamación a la dirección y, si el problema persiste, dirigirse al Servicio de Inspección Educativa de la Dirección de Área Territorial correspondiente de la Comunidad de Madrid.

Es aconsejable conservar recibos, comunicaciones, documentos de matrícula y cualquier información que permita acreditar cómo se presentó la cuota y cuáles eran las consecuencias previstas en caso de impago.

La Inspección Educativa puede examinar la situación y determinar si las prácticas denunciadas cumplen la normativa. No todas las aportaciones son ilegales por el mero hecho de existir, pero la exigencia de pagos por enseñanzas gratuitas sí contraviene las garantías legales.

La financiación pública y el control de las cuotas, en el centro del debate

Las asociaciones que han promovido el estudio reclaman una mayor intervención de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid para supervisar los cobros, mejorar la información económica y garantizar que ningún alumno resulte perjudicado por no pagar aportaciones voluntarias.

CICAE, que representa a colegios privados independientes, y la FAPA Francisco Giner de los Ríos sostienen que las prácticas identificadas requieren controles más eficaces. La propia naturaleza de las entidades que encargan la investigación debe tenerse presente al valorar sus conclusiones, junto con su metodología y los datos obtenidos.

El debate también tiene otra dimensión: la financiación de los conciertos educativos.

Investigaciones académicas anteriores, como las desarrolladas por EsadeEcPol, han señalado que las diferencias de financiación y la regulación de los servicios contribuyen a explicar por qué numerosos centros recurren a aportaciones familiares. Las realidades económicas de los colegios, además, son distintas según su tamaño, ubicación y titularidad.

La discusión sobre si los conciertos reciben recursos suficientes es legítima. Lo que no cambia mientras tanto es la obligación legal de garantizar la gratuidad de las enseñanzas financiadas públicamente.

La investigación de 2026 aporta datos sobre una muestra amplia de colegios madrileños, pero no constituye por sí misma una resolución administrativa contra cada uno de los centros incluidos. Corresponde a las autoridades educativas comprobar los posibles incumplimientos y adoptar, cuando proceda, las medidas necesarias.

La cuestión que deja planteada el informe es considerable: si casi todos los centros analizados solicitan dinero y una amplia mayoría condiciona de alguna manera el pago, la gratuidad legal no siempre se corresponde con la experiencia que se ofrece a las familias.

Y esa diferencia importa especialmente cuando el acceso a la educación no debería depender de cuánto pueda pagar cada hogar.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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